<strong>En los últimos días ha habido polémica las diferencias entre el preconteo y el escrutinio de las elecciones a Congreso de la República</strong>, que se realizaron el pasado 13 de marzo. Pero, <strong>¿Cuál es la diferencia entre estos dos términos?</strong><strong>El exregistrador delegado para lo electoral, Alfonso Portela, explicó que el preconteo tiene únicamente un carácter informativo</strong> y que no tiene ningún efecto jurídico vinculante. <strong>“El preconteo es un proceso de información rápida de los resultados electorales, el único efecto que tiene es informar lo ocurrido en la mesa de votación</strong> y tiene su génesis en el jurado de votación que procesa una planilla, que es transmitida telefónicamente a un centro de procesamiento y eso es lo que conocemos como preconteo y son los resultados del mismo domingo”, indicó Portela.<strong>Y agregó que el “escrutinio es el resultado oficial de los votos emitidos en cada mesa de votación, son encargados de oficializar los resultados los jueces de la República, los notarios y los registradores de instrumentos públicos que son designados como escrutadores, ellos son los que al final le dan la oficialidad a esos resultados</strong> y a esos votos emitidos el mismo domingo. La gran diferencia es que el preconteo es informativo y el escrutinio es la consolidación oficial de los resultados”.<strong>En la página web la entidad señala que “Los resultados que se entregan el domingo de la elección a través de la página web de la Registraduría y los medios de comunicación son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa</strong>, que tiene carácter informativo pero carece de valor jurídico vinculante,<strong> ya que de acuerdo con lo previsto en el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección sólo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio</strong>, a cargo de las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral”.