Solo por 'causal legal' se puede impedir ingreso de periodistas a audiencia
La Corte Constitucional le dio parcialmente la razón a comunicadores que alegaban derecho a la libre expresión
El presidente de la Corte constitucional, Alberto Rojas Ríos, dijo que “sí se vulneró las libertades de expresión de prensa”, luego de que no se permitiera el ingreso de periodistas a una audiencia en medio de un proceso preliminar.
Por eso le dio la razón a un grupo de periodistas que había interpuesto una tutela. La tutela se presentó luego de que el Juzgado 22 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, no les permitió el ingreso a la audiencia 31 de enero de 2019, contra el entonces director de la cárcel Modelo, César Ceballos, en un proceso por corrupción.
El presidente de la Corte señaló que el juez deberá tener en cuenta una serie de factores sobre si hay un limite de información teniendo en cuenta las condiciones del indicado.
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Dijo que debe buscar una “posibilidad alternativa de información” como permitir el acceso a las grabaciones, un comunicado o cualquier otra medida.
Añadió que la medida se confirma parcialmente porque no se dispone una protección, pero que se pueden adoptar decisiones de reserva pero que se “deben demostrar” que existe una “causa legal” para esa restricción o que la medida sea idónea necesaria y proporcional.
La Corporación Excelencia en la Justicia destacó la decisión adoptada el día de hoy por la Sala Plena de la Corte Constitucional. "Es de menester para la CEJ el juicio y el cuidado que deben tener los jueces a la hora de impedir el necesario acceso de los periodistas a las audiencias, y que tiene por objeto enterar a toda la comunidad sobre aspectos de interés general", dijo la corporación.