Cada día en el país<strong> se interponen por lo menos 27 o 28 tutelas por temas pensionales.</strong> Así se desprende de un informe conocido por Caracol Radio que da cuenta de que entre enero y septiembre de este año <strong>se reportaron ante la Corte Constitucional 7.369 tutelas de reclamantes de pensiones.</strong>La mayoría de esas tutelas,<strong> 2.325, tienen que ver con problemas frente a quienes no pueden acceder a su pensión de vejez,</strong> pero también se evidencias problemas con personas que <strong>pretenden acceder a una pensión por sobrevivencia, 1.787, </strong>y quienes por<strong> problemas de salud requieren una pensión por invalidez, 1.296 recursos</strong>.Para el exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo,<strong> muchos de los recursos tienen que ver con la falta de información de las entidades prestadoras de ese servicio</strong> que no son claras en las <strong>condiciones para acceder a la pensión.</strong> El exministro se refirió a la reforma que alista en ese sentido el Gobierno y dijo que <strong>lo que se busca es eliminar algunos subsidios</strong> para que<strong> más personas puedan acceder a la pensión,</strong> pues tal y como está <strong>solo el 25 por ciento de las personas que tienen la edad de jubilación llegan a hacerlo.</strong>El Gobierno ha dicho que <strong>no se aumentará la edad de pensión ni el monto de cotización.</strong>Para el analista y experto en tema pensional, José Roberto Acosta, <strong>muchas de las tutelas son improcedentes y lo que hacen es generar un desgaste en el sistema judicial,</strong> pues muchas veces, argumenta, es por la misma <strong>falta de información de los usuarios</strong> que se interponen.Señaló que lo que hay que hacer es<strong> justificar que se cumplen con los requisitos bien sea para pensión de vejez, invalidez o de sobrevivencia.</strong> Sin embargo, muchos de los afectados argumentan que <strong>se les han puesto trabas en los procesos</strong> y que por eso no pueden acceder a ese derecho.<strong>Muchas de las tutelas tienen que ver con la pensión de sobrevivientes,</strong> que es a la que tienen derecho los<strong> padres, hijos o conyugues de quienes fallezcan</strong> y acrediten la dependencia económica. Además<strong> ese sistema se rige por un tipo de condiciones que están reglamentadas y establecidas</strong> como por ejemplo que los hijos deben ser menores de edad o si tienen entre 18 y 25 años demostrar la dependencia económica del fallecido.También están los que a <strong>cualquier edad tengan algún tipo de invalidez o sean discapacitados</strong> dependientes económicamente de su padre o madre fallecidos.