Corte Suprema: dosis personal en papeleta no implica narcotráfico
El Alto Tribunal insiste que es tarea de la Fiscalía establecer cuándo la dosis mínima no es para la venta.

Marihuana(Colprensa/Archivo)

Mientras la Fiscalía y la Policía trabajan en un proyecto de ley para ponerle reglas a la dosis mínima porque señalan que es la excusa que usan los traficantes cuando son capturados, la Corte Suprema de Justicia emitió una nueva sentencia en la que absolvió a un hombre habitante de calle que llevaba 47 papeletas de cocaína.
Al revisar el caso y con ponencia de la magistrada Patricia Salazar se criticó la posición del Tribunal Superior de Cali y de la Fiscalía porque lo acusaron del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, con la siguiente conclusión: “no tenía dicha sustancia para su consumo, toda vez que estaba empacada en papeletas y un habitante de calle no cuenta con dinero suficiente para adquirir tal cantidad de estupefaciente”.
La crítica la hizo la Corte porque, “la Fiscalía no probó, además porque no estuvo dentro de sus finalidades investigativas, que el hombre tuviera un propósito diferente al de consumir la sustancia que le fue incautada”.
Es decir, no hubo sustento sobre el tráfico, mucho menos, señaló cuando señaló que sería culpable porque iba empacada en papeletas.
“El hecho de encontrar la sustancia incautada empacada en papeletas, no muestra nada diferente a que lo habitual en materia de microtráfico de sustancias prohibidas es que la droga sea vendida en dosis menores, por lo que de tal hallazgo, ausente de información adicional, no se puede deducir la tenía destinada para algo diferente que a su consumo”, se lee.
Sobre el tema ha dicho el presidente de la Sala Penal, Luis Antonio Hernández: “Hace bien @FiscaliaCol en perseguir expendedores de estupefacientes, no en criticar posturas de la Corte de no condenar a consumidores como traficantes”.




