Justicia

En crimen de Jaime Garzón hubo una alianza criminal entre fuerza pública y grupos paramiliatres

El Consejo de Estado lamentó las circunstancias que rodearon la muerte del humorista.

En un fallo de 70 páginas el Consejo de Estado reconstruyó como fue la muerte del periodista Jaime Humberto Garzón Forero, ocurrida el 13 de agosto de 1999 en Bogotá.

Allí narra que Garzón se dirigía sobre las 5:45 a.m. en su automóvil a la emisora radial donde trabajaba, pero un en un semáforo le costó la vida. Garzón fue interceptado por dos hombres armados que se desplazaban en una motocicleta, quienes le propinaron varios disparos ocasionándole la muerte de forma instantánea.

“La Sala advierte que se está frente a un caso de violación grave de derechos humanos y que, por ello, la valoración probatoria debe ser más flexible dadas las circunstancias de indefensión en que se encuentran las víctimas en este tipo de eventos y la renuencia que ha exhibido en este asunto la parte demandada para permitir la acreditación los hechos, razones por las cuales la Sala” señala el fallo.

Fueron siete los testimonios que tuvo como prueba la corporación judicial para determinar que el Estado si tuvo responsabilidad en la muerte del humorista, y que este caso que conmovió y conmueve a un a todo un país, fue una ejecución extrajudicial.

“Garzón gozaba de la simpatía de la comunidad en general, motivo por el que su muerte generó una gran conmoción en el país, hechos éstos que han de considerarse como notorios. (…) Participó en actividades humanitarias relacionadas con asesoramiento a entidades estatales en negociación del conflicto armado interno con grupos subversivos” precisa el fallo.

Las declaraciones de los exparamilitares Iván Roberto Duque Gaviria, alias Ernesto Báez, Jorge Iván Laverde Zapata, alias El Iguano; Fernando Brito, la exsenadora Piedad Córdoba, su excompañera Gloria Cecilia Hernández y Juan Rodrigo García Fernández, fueron fundamentales para determinar que agentes del Estado se aliaron con paramilitares, “para permitir y colaborar” en el crimen del periodista Jaime Garzón.

“Declaraciones de varios excomandantes del grupo paramilitar denominado Autodefensas Unidas de Colombia, quienes coincidieron en manifestar que el señor José Miguel Narváez Martínez, quien se desempeñaba como oficial de reserva y catedrático de la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares, había persuadido al máximo jefe del grupo paramilitar Carlos Castaño Gil, para que ordenara la muerte del señor Jaime Garzón Forero, dados sus presuntos vínculos y el favorecimiento a grupos subversivos” agrega.

Cuestionó la existencia de relaciones entre la fuerza pública y grupos al margen de la ley, que “nacieron con un fin vengativo para atacar a quienes consideraban sospechosos de participar en actividades subversivas”.

“Resulta claro para la Sala, de acuerdo con el material probatorio recaudado, que en la época de los hechos se presentaron actos de la más alta gravedad, en los que miembros de las fuerzas regulares del Estado se aliaron con grupos al margen de la ley -paramilitares-, para permitir y colaborar con la actividad delictiva de estos últimos. Así ocurrió en el crimen del reconocido periodista Jaime Garzón, cuya ejecución -como se verá- fue coadyuvada por miembros del Ejército Nacional” agrega el fallo.

De ahí que para el Consejo de Estado no exista duda de la participación del ex subdirector del das José Miguel Narváez y del coronel del ejército Jorge Eliécer Plazas Acevedo, pues los ex paramilitares aseguraron que fueron ellos quienes entregaron información al jefe de las AUC, Carlos Castaño para el asesinato de Garzón.

“Ciertamente, las circunstancias que rodearon la muerte del señor Jaime Garzón Forero, tal y como quedaron plasmadas, avala la calificación que del hecho se hace como constitutivo de una ejecución extrajudicial, amén de que -como se verá-, ese hecho se produjo en medio de un ataque generalizado y sistemático propiciado y/o auspiciado desde la institucionalidad estatal, en contra de un grupo determinado de individuos con características políticas comunes, es decir, personas que pudieran tener algún tipo de vínculo con grupos subversivos (ONGs, defensores de derechos humanos, periodistas, etc.)” puntualiza.

Declaraciones de los paramilitares

En ese mismo sentido, los testimonios de los ex miembros del grupo paramilitar, señores Iván Roberto Duque Gaviria alias “Ernesto Báez” y Jorge Iván Laverde Zapata alias “El Iguano”, coincidieron en señalar que Carlos Castaño Gil recibía información de inteligencia e interceptación de comunicaciones realizada a varias personas, entre ellas, a la exsenadora Piedad Córdoba y al señor Jaime Garzón Forero, la cual era suministrada directamente por organismos de seguridad del Estado; específicamente, señalaron que recibía dicha información de personas adscritas a organismos de inteligencia del Estado,como el coronel Jorge Eliécer Plazas Acevedo, quien tenía el alias de “Don Diego” dentro de esa organización criminal, el cual se desempeñaba para la fecha de la muerte de Jaime Garzón como director de inteligencia de la Brigada XIII del Ejército Nacional.

En efecto, el señor Iván Roberto Duque Gaviria, alias “Ernesto Báez” manifestó en su declaración que el entonces jefe paramilitar Carlos Castaño Gil,personalmente le había manifestado que tales grabaciones interceptadas “le llegaban a él directamente por los organismos de inteligencia del Estado”. Por su parte, el señor Jorge Iván Laverde Zapata alias “El Iguano”, sostuvo en su declaración que el referido Jefe paramilitar le informó que dichas conversaciones interceptadas habían sido llevadas a él directamente por el señor José Miguel Narváez.

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