Los escenarios después de la destitución del alcalde Petro
Si el fallo queda en firme, el presidente deberá convocar a elecciones y la Registraduría tiene 55 días para realizarlas
Hasta el 27 de diciembre tendría plazo la defensa del alcalde Gustavo Petro para representar el recurso de reposición contra el fallo que ordenó su destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos los próximos 15 años
Tras la lectura de la decisión por parte del procurador, la ley prevé 8 días para hacer la notificación personal al abogado del alcalde, Julio César Ortiz
Vencido ese plazo y si no se ha podido notificar a la defensa de Petro, la ley establece otros 3 días para hacer la notificación por Estado, es decir, para fijar en la cartera de la entidad el oficio en el que se informa de la sanción
Una vez notificado, el abogado Ortiz tendrá tres días hábiles para presentar el recurso en el que solicita a la sala Disciplinaria la revisión de la sanción
Legalmente la Procuraduría no cuenta con un término definido para resolver la reposición y decidir si confirma su decisión o tumba el fallo sancionatorio
Una vez en firme la decisión de destituir a Petro, el presidente Juan Manuel Santos tendrá que convocar a elecciones para alcalde mayor de Bogotá y la Registraduría dispone de un término de 55 días para organizar y realizar los comicios.