Radio en vivo

Orden Público

Fallo de tutela ordenó incluir como víctimas a 18 familias desplazadas por las ‘bacrim’

El defensor del Pueblo "considera que este tipo de fallo puede convertirse en referente para otras decisiones judiciales".

Según la Defensoría del Pueblo, es un fallo sin precedentes el que expidió el Juzgado Sexto Civil del circuito de Medellín, en el que le ordena a la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral de la Víctimas reconocer el desplazamiento forzado masivo sufrido por 49 personas en diciembre de 2012 del sector del Cerro Pan de Azúcar y que se incluyan en el registro único de víctimas

El defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora Gómez, señaló que dos elementos resultan destacables con este fallo

"El reconocimiento tanto de la modalidad del desplazamiento intraurbano como de las dinámicas de violación sistemática de los derechos humanos por parte de los grupos armados ilegales denominados ‘bacrim’", comentó

El defensor del Pueblo "considera que este tipo de fallo puede convertirse en referente para otras decisiones judiciales en tanto que mezcla la violación de los derechos a la libertad, a la seguridad y a la vida de las personas que se ven obligadas a desplazarse dentro de las ciudades por el accionar criminal de dichos grupos armados ilegales".