Ordenan suministrar agua durante las 24 horas en la cárcel de Ibagué
La Corte Constitucional advirtió que, el Estado debe garantizar el derecho al agua a todas las personas por lo menos en unos niveles mínimos esenciales.

La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Justicia, al Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario, INPEC, que de manera conjunta adelanten el diseño de un Plan de Mejoramiento Integral del bloque 1 del Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué, Picaleña con el fin de suministrar agua al cetro penitenciaro las 24 horas
Dicha determinación se da en el marco de una tutela instaurada por un recluso en contra de la cárcel de Ibagué, con el argumento de que allí se le vulneraron los derechos fundamentales al agua, a la dignidad humana, a la vida y a la salud
Según el demandante en el centro de reclusión lo sometieron a vivir en pésimas condiciones de salubridad derivadas de la falta de un suministro de agua suficiente, de la situación de hacinamiento y de los problemas en la infraestructura carcelaria y en el sistema hidrosanitario del Complejo
En ese sentido le alto tribunal advirtió que, “el Estado debe garantizar el derecho al agua a todas las personas por lo menos en unos niveles mínimos esenciales”
Agrega que “el derecho de los reclusos a la dignidad humana y la prohibición de ser objeto de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes se ven quebrantadas por el hacinamiento, la insalubridad y las pésimas condiciones de la infraestructura física de las cárceles y de los sistemas de suministro de agua al interior de las mismas”
Por lo que le ordena al INPEC y al Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué que implementen de forma conjunta medidas idóneas que permitan garantizar un suministro diario total de veinticinco (25) litros de agua a cada uno de los reclusos del bloque 1



