Ley seca en Colombia a partir de las 3 de la mañana del domingo por consultas populares
Además el decreto dispone que las autoridades militares regionales adopten las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas.


La norma contempla que desde las 3 de la mañana hasta las doce 12 de la noche del domingo queda prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio nacional
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Además el decreto dispone que las autoridades militares regionales adopten las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas, y podrán ampliar este término para prevenir posibles alteraciones del orden público. Los gobernadores y alcaldes podrán ejercer medidas como el toque de queda y la restricción a vehículos automotores, de ser decidido por los respectivos Consejos Departamentales y Municipales de Seguridad o Comités de Orden Público
El decreto fue firmado por el ministro del Interior, Fernando Carrillo Flórez; y el ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón Bueno también delegatario de funciones presidenciales.




