Los errores de los Bancos no deben recaer sobre los usuarios del Sistema Financiero
<P>La Corte Constitucional puso límite a la "posición dominante de los bancos" al sentenciar que los "errores en los que incurran las entidades bancarias en la liquidación de los créditos, no deben recaer en los usuarios del sistema financiero"
La Corte Constitucional puso límite a la "posición dominante de los bancos" al sentenciar que los "errores en los que incurran las entidades bancarias en la liquidación de los créditos, no deben recaer en los usuarios del sistema financiero". El Tribunal concedió una tutela a un ciudadano que tras recibir el paz y salvo luego de haber cancelado el crédito contraído con un Banco, fue reportado a Datacrédito por esa misma entidad financiera luego de precisar que había cometido un error en la liquidación de la deuda. El ciudadano sólo se enteró de esta irregularidad cuando volvió al Banco con la pretensión de contraer un nuevo crédito, el cual fue negado, por estar como reportado por ese Banco como deudor moroso en las centrales de riesgo. Para la Corte Constitucional, los errores cometidos por el Banco en la liquidación de los créditos y el no informar oportunamente sobre de sus equivocaciones a los usuarios del sistema, "no tiene porque soportarlo la parte más débil de la relación, que en este caso era el demandante". En la sentencia la Corte reconoce, sin embargo, que "las entidades bancarias tienen una posición dominante frente a los usuarios del sistema financiero, en efecto son ellas las que fijan los requisitos y condiciones de los créditos". Agrega que "las entidades financieras son en efecto depositarias de la confianza pública por el servicio que prestan, y sus actos gozan de la presunción de la veracidad por parte de los clientes".




