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Impuestos de combustibles deben ser para regiones

La totalidad del impuesto que recaude la nación por la venta de gasolina corriente , extra y ACPM, deberá entregarse de manera equitativa a los departamentos , municipios y distritos capitales y turísticos.

Por Felipe Gómez.
BOGOTÁ.---La totalidad del impuesto que recaude la nación por la venta de gasolina corriente , extra y ACPM, deberá entregarse de manera equitativa a los departamentos , municipios y distritos capitales y turísticos.
Así lo determinó la Corte Constitucional , al declarar inexequible los incisos del artículo 59 de la ley 223 del 95 , que pasando por encima de la ley 60 o de transferencias autorizaba al gobierno a pagar parcialmente ese situado fiscal a los entes territoriales y municipales.
Consideró la Corte que el e1,1 por ciento del impuesto de la gasolina que distribuye a departamentos y Bogotá excluye a los demás distritos como el de Cartagena , Santa Marta y Cartagena.
Consideró que el 25,6 por ciento dele impuesto de la gasolina que cubría parcialmente las transferencias de los municipios , violaba la ley 60 que exige la totalidad para los entes territoriales.

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