Impuestos de combustibles deben ser para regiones
La totalidad del impuesto que recaude la nación por la venta de gasolina corriente , extra y ACPM, deberá entregarse de manera equitativa a los departamentos , municipios y distritos capitales y turísticos.
Por Felipe Gómez.BOGOTÁ.---La totalidad del impuesto que recaude la nación por la venta de gasolina corriente , extra y ACPM, deberá entregarse de manera equitativa a los departamentos , municipios y distritos capitales y turísticos.Así lo determinó la Corte Constitucional , al declarar inexequible los incisos del artículo 59 de la ley 223 del 95 , que pasando por encima de la ley 60 o de transferencias autorizaba al gobierno a pagar parcialmente ese situado fiscal a los entes territoriales y municipales.Consideró la Corte que el e1,1 por ciento del impuesto de la gasolina que distribuye a departamentos y Bogotá excluye a los demás distritos como el de Cartagena , Santa Marta y Cartagena.Consideró que el 25,6 por ciento dele impuesto de la gasolina que cubría parcialmente las transferencias de los municipios , violaba la ley 60 que exige la totalidad para los entes territoriales.




