¿Cómo registrarse ante la Alcaldía para poder reabrir obras y empresas?
La Alcaldía de Bogotá afirmó que antes de reactivar estos sectores económicos se deben cumplir con varios protocolos de seguridad.
Este fin de semana el Gobierno Nacional dotó de facultades, mediante decreto 593 de 2020, a las alcaldías para reabrir paulatinamente el sector de la construcción y manufacturas. Los gobiernos locales afirmaron que los empresarios deben registrar un formato en el que expliquen las medidas de seguridad en el trabajo y en el transporte para que sus trabajadores no contraigan la COVID-19.
Muchas obras privadas e industrias manufactureras quieren reabrir sus negocios, pero se encuentran con el obstáculo de no saber cómo se realiza este procedimiento ante la Alcaldía de Bogotá.
Así debe hacer el registro ante el Distrito:
Primero, el empresario debe leer los protocolos de bioseguridad y otras medidas decretadas por el Gobierno Nacional y por el Distrito:
Decreto 121 de 2020 – Alcaldía Mayor de Bogotá
Resolución 666 de 2020 – Ministerio de Salud y Protección Social
Circular 026 de 2020 – Secretaría de Salud
Resolución 675 de 2020 – Ministerio de Salud y Protección Social
Después deben ingresar a la página de la Alcaldía de Bogotá en el apartado de reactivación económica.
Al ingresar podrá ver tres iconos uno por cada sector: Obra pública, edificaciones privadas y empresas manufactura. Seleccione el suyo.
Más de 31.000 solicitudes han registrado para reabrir sectores económicos
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Antes de registrarse, le van a pedir cuatro anexos en los cuales usted debe especificar información de su empresa, como caracterización de su actividad (obra o industria), cronograma de capacitaciones e ingreso y salida de proveedores (en los dos casos de construcción) e información de sedes y personal a cargo cuando se trate de manufacturas.
Una vez usted tenga los anexos, complete la información requerida en el formulario de la Alcaldía.