Tribunal declaró ilegal un impuesto que desde hace 10 años cobraba la gobernación de Boyacá
En primera instancia el Tribunal Administrativo de Boyacá tumbó el cobro de un impuesto vehicular que consideró ilegal y que logró recaudar alrededor de 25 mil millones de pesos.

Tribunal declaró ilegal un impuesto que desde hace 10 años cobraba la gobernación de Boyacá(Colprensa/Archivo)
Tunja (Colombia)
En el año 2006 la Asamblea Departamental creó una tasa o un tributo por los servicios de asistencia y liquidación del impuesto de vehículos automotores en el departamento de Boyacá.
La tasa equivale a un salario mínimo diario legal vigente (alrededor de 22 mil pesos) y se cobraba en el momento en el que la persona sistematizaba la liquidación del impuesto o era asistida para realizar dicha liquidación.
Un ciudadano demandó la ordenanza que creó esa tasa, con el argumento de que la Asamblea no estaba autorizada por una ley del Congreso de la República, para implementar esa tasa.
“El Tribunal le dio la razón al demandante porque conforme al artículo 338 de la constitución se necesita una ley del congreso que autorice la implementación de tributos por parte de las asambleas departamentales”, señaló en Caracol Radio el magistrado Ernesto Arciniegas.
El Tribunal le hizo una advertencia a la administración departamental para que en adelante se abstenga de seguir cobrando ese tributo, y además, declaró la nulidad de la ordenanza.
“Cuánto habrán recaudado en un departamento transportador de carga y pasajeros, sumando los vehículos particulares, es demasiado dinero”, mencionó el magistrado Arciniegas.
Insistió en que “esa platica no se perdió, y se puede recuperar, existen los medios, y las personas que se sientan afectadas pueden interponer una demanda, pidiendo el reintegro de las sumas de dinero, y hacer uso de una figura de reparación directa, porque el haber creado un tributo que era ilegal les causó un daño”.
Indicó que los contribuyentes “pueden pedir que ese daño sea indemnizado, y la indemnización ha de consentir lo que pagaron por ese impuesto. El ordenamiento sí ofrece herramientas para que las personas afectadas puedan recuperar el dinero que pagaron sin haber tenido que pagar”.
El fallo se profirió de primera instancia y puede ser apelado por el Departamento ante el Consejo de Estado.



