Abogado explica cómo recuperar 5% del IVA y deducir hasta el 50% de renta al comprar carro eléctrico
Juan Esteban Beltrán, abogado especialista en derecho tributario, explicó los beneficios tributarios vigentes y las precauciones que deben tomar los compradores.
Parqueaderos para carros eléctricos. Foto: Getty Images(Thot)
Ante el creciente auge en la venta de vehículos eléctricos e híbridos en el país. Juan Esteban Beltrán, abogado especialista en derecho tributario de la firma Cavelier Abogados, detalló los beneficios tributarios vigentes y las precauciones que deben tomar los compradores.
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¿Cómo recuperar 5% del IVA?
En La Luciérnaga de Caracol Radio, el experto comentó que uno de los incentivos más atractivos es la devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA). Según explicó, al comprar un vehículo de este tipo, el comprador puede recuperar el impuesto pagado:
“El IVA del 5% que se genera como consecuencia de la compra de este vehículo... tú lo puedes pedir en devolución”.
Para hacerlo efectivo, el usuario debe pagar el impuesto en el concesionario, obtener un certificado ante la Unidad de Planeación de Minero Energética (UPME) y, posteriormente, solicitar el reembolso ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Declaración de renta
Otro gran beneficio radica en la declaración de renta, donde se permite reducir hasta el 50% del valor de adquisición del vehículo. Precisó que las personas naturales enfrentan un tope anual: “Nosotros, las personas naturales, tenemos una limitación y es que anualmente nosotros no podemos llevar deducciones que superen 1340 UVT, que para este año son más o menos 66 millones de pesos”.
En este límite también se incluyen otros conceptos como la medicina prepagada y los dependientes económicos. Para mitigar esta restricción, Beltrán aclaró que la ley permite diferir y “llevar ese 50% del valor del vehículo hasta en 15 años”.
Las ventajas se extienden al sector empresarial. Si la compra del vehículo eléctrico se realiza a través de una persona jurídica, como una sociedad, las empresas pueden acceder a un esquema de “depreciación acelerada del vehículo, lo puedes llevar en 3 años”.
Sin embargo, los propietarios deben ser cautelosos si deciden vender el automóvil antes de que finalice su vida útil. Beltrán explicó que, bajo la doctrina de la administración tributaria, esto genera una “renta líquida por recuperación de deducciones”.
“Si tú vendes el vehículo antes de terminar su vida útil y tomaste los beneficios que están contenidos en la Ley 1715, tienes que devolver los beneficios que fiscalmente te tomaste”, alertó.
La única excepción a esta devolución obligatoria es el IVA, el cual “no lo tienes que devolver a la Administración Tributaria”.
Escuche la entrevista completa en La Luciérnaga:
Abogado explica cómo recuperar 5% del IVA y deducir hasta el 50% de renta al comprar carro eléctrico
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Maria José Castro
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