Quién tiene pensión vitalicia en Colombia: Modalidades, beneficiarios y requisitos que deben cumplir
La pensión vitalicia la puede hereda la cónyuge o los hijos si cumplen con ciertas condiciones.
Modalidades, beneficiarios y requisitos que deben cumplir para la pensión vitalicia en Colombia | Getty Images
Una pensión vitalicia (o renta vitalicia) es un ingreso mensual, definido por la ley colombiana, y garantizado de por vida que se le paga a un afiliado hasta su muerte. Asimismo, se incluye una pensión de sobrevivientes para los beneficiaros de ley.
Es importante para que un trabajador acceda a una pensión vitalicia cumpla con los requisitos de 60 y 65 años para mujeres y hombres, respectivamente, y acumular entre 300 y 999 semanas en Colpensiones o fondos correspondientes. Además, es fundamental que no tenga las 1.300 semanas necesarias para una pensión de vejez ordinaria.
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Tipos de pensión vitalicia
En Colombia, se presentan los siguientes tipos de pensión vitalicia:
Renta Vitalicia Inmediata: El beneficiario transfiere su capital acumulado a una compañía de seguros de su elección, que le paga una mesada fija mensual ajustada anualmente según la inflación (IPC).
Pensión tradicional de vejez: Esta modalidad es una renta vitalicia a cargo del Estado (Colpensiones) bajo el régimen de prima media.
Anualidad Vitalicia BEPS: Está dirigida para todas las personas que no lograron pensionarse, pero ahorraron en el programa de Beneficios Económicos Periódicos, incluyendo rentas para gestores culturales.
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¿Quiénes son los beneficiarios?
- Afiliado: La persona trabajadora que cumplió con las condiciones de jubilación o traslado de fondos.
- Cónyuge o compañero (a) permanente: La pareja sentimental puede tener derecho a la sustitución pensional o pensión de sobrevivientes de forma vitalicia si tenía más de 30 años al momento de la muerte del titular, o de forma temporal si era menor de edad o tenía edad inferior sin hijos.
- Hijos menores de 18 años e hijos hasta los 25 años: En este caso aplica si estudian y dependen económicamente del titular, o hijos con discapacidad, quienes lo reciben de forma vitalicia.
- Padres o hermanos dependientes: Aplica únicamente a falta de cónyuge o hijos con derechos.
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Requisitos
- Régimen de ahorro individual (Fondos Privados): El afiliado debe acumular el capital suficiente en su cuenta de ahorro individual que le permita financiar una renta vitalicia superior a un salario mínimo o un porcentaje mínimo de ley.
- Aporte a Aseguradoras: Es el monto de los fondos acumulados y que debe ser aceptado por la compañía de seguros elegida para garantizar el valor de la mesada.
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Cristian Contreras
Comunicador social y periodista de la Universidad...Comunicador social y periodista de la Universidad Sergio Arboleda con más de 4 años de experiencia en contenidos digitales y cubrimiento de diversas fuentes. Trayectoria en grandes medios como RCN, Semana y W Radio.