¡Ojo! En Bogotá sigue prohibido que ciclomotores usen ciclorrutas: nueva ley aún no aplica
La Secretaría de Movilidad aclaró que la norma que regula los vehículos eléctricos livianos no ha entrado en vigencia, por lo que se mantienen las restricciones actuales en la ciudad.
Ciclomotores no pueden transitar en las ciclorrutas. / Foto: Suministrada
Según explicó el subsecretario de Gestión Jurídica de Movilidad, Paulo Rincón Garay, la Ley 2486 de 2025 sólo comenzará a regir cuando el Ministerio de Transporte expida su reglamentación, lo cual está previsto para julio de este año.
Por ahora, en Bogotá continúa vigente la normativa actual, que permite la circulación en la cicloinfraestructura únicamente de bicicletas, bicicletas asistidas y patinetas.
Por lo tanto, Rincón reiteró que los ciclomotores y otros vehículos eléctricos livianos no pueden usar las ciclorrutas, ya que no cumplen con la condición de ser impulsados por pedaleo.
“La ley no entra en vigencia hasta que el Ministerio no expida la reglamentación correspondiente”, explicó.
Cabe recalcar que, entre enero y marzo de 2026, se han impuesto 2.504 órdenes de comparendo a ciclomotores, entre las más comunes por:
- Conducir sin licencia (D01)
- Circular sin seguros (D02)
- No tener revisión técnico-mecánica vigente (C35)
- Transitar por lugares prohibidos (C14)
“Ingresar a la cicloinfraestructura con este tipo de vehículo acarrea un comparendo de aproximadamente $633 mil y la inmovilización del vehículo”, concluyó el subsecretario.
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