Sube la tasa de usura para créditos de consumo en febrero de 2026: esto es lo que debe saber
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó el Interés Bancario Corriente (IBC) para el mes de febrero de 2026, un indicador clave que sirve de base para calcular el costo máximo legal de los créditos en el país.
De acuerdo con la Resolución 0250 de 2026, el IBC para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se ubicó en 16,82 % efectivo anual, lo que representa un incremento de 58 puntos básicos frente a la tasa vigente en enero, que era de 16,24 %.
¿Qué significa este ajuste?
El Interés Bancario Corriente corresponde al promedio de las tasas que cobran los establecimientos de crédito en el país. A partir de este indicador, la ley determina el límite máximo que pueden cobrar las entidades financieras por intereses remuneratorios y de mora.
Con la certificación del IBC en 16,82 %, la tasa de usura para el crédito de consumo y ordinario se fijó en 25,23 % efectivo anual para el periodo comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2026. En comparación de este mes de enero, este límite era de 24,36 %.
Por ende, esto significa que ninguna entidad financiera puede cobrar una tasa superior a ese porcentaje en esta modalidad de crédito, ya que hacerlo constituiría el delito de usura.
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Otras modalidades de crédito que debe tener en cuenta
La Superintendencia Financiera también certificó las tasas máximas para otras modalidades, que estarán vigentes durante febrero.
Cabe aclarar que, estás certificaciones se realizaron con base en la información reportada por los establecimientos de crédito entre el 2 y el 23 de enero de 2026, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Entre las tasas con variaciones mixtas frente al mes anterior se encuentran:
El crédito de consumo de bajo monto, donde el interés bancario corriente quedó en 43,75 % efectivo anual, lo que fija la tasa de usura en 65,63 %.Para el crédito productivo de mayor monto, el IBC se ubicó en 27,17 %, con una usura de 40,76 %.
En el caso del crédito productivo rural, la tasa certificada fue de 19,45 %, y la usura se estableció en 29,18 %; mientras que en el crédito productivo urbano, el interés bancario corriente alcanzó 38,15 %, con una tasa máxima de 57,23 %.
Adicionalmente, para el crédito popular productivo, el IBC se fijó en 46,98 % en la modalidad rural y en 58,70 % en la urbana, lo que llevó las tasas de usura a 70,47 % y 88,05 %, respectivamente.
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