¿Qué misión tendrá el Comité Promotor de la Asamblea Nacional Constituyente?
El Comité Promotor es el grupo de ciudadanos encargado de liderar la iniciativa popular para convocar a una Asamblea que reforme la Constitución.
Gustavo Petro en la Plaza de Bolívar en Bogotá, el 24 de octubre del 2025.
El Gobierno nacional confirmó que hoy inscribirá ante Registraduría el Comité Promotor de Asamblea Constituyente, un grupo de ciudadanos que estará encargado de liderar la iniciativa popular que busca convocar a una Asamblea que reforme o modifique la Constitución. Una propuesta que ha sido impulsada por el presidente Gustavo Petro.
La misión del Comité es clara: recolectar más de 2.5 millones de firmas con el objetivo de presentar al nuevo Congreso, que asumirá el 20 de julio de 2026, el proyecto de ley con el que se busca avanzar en la nueva Constitución. Eso quiere decir, que el presidente Gustavo Petro ya no será jefe de Estado cuando ese proyecto llegue al legislativo.
El primer paso hacia esa Asamblea de la que tanto ha hablado el Gobierno nacional, es justamente el que se realizará hoy. Los promotores deben registrarse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil como un Comité Promotor. Una vez se haga de manera oficial la inscripción, el Comité contará con 6 meses para la recolección de firmas.
El Comité debe recoger al menos el 5% del censo electoral. Para la aprobación de la Ley se requiere del apoyo de la mayoría de los integrantes del Senado y la Cámara. En caso de que el proyecto de ley sea aprobado en el legislativo, pasara a revisión a la Corte Constitucional, que deberá revisar que el proceso se haya desarrollado de manera exitosa.
Si la Corte Constitucional aprueba la Ley de convocatoria a la Asamblea Constituyente, esta deberá realizarse entre los 2 a 6 meses siguientes. El tarjetón electoral deberá contener opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’ a la convocatoria, pregunta que deberá ser lo suficientemente clara, y el listado de los temas que se tratarán en la Asamblea.
La convocatoria de la Asamblea Constituyente será aprobada cuando al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral voten afirmativamente. Teniendo en cuenta el censo actual se necesitarían cerca de 13.000.000 de votos. Luego de aprobarse la convocatoria, dentro de los 2 a 6 meses siguientes se llamará a la elección de sus integrantes.
“Una vez conformada la Asamblea se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado. La Asamblea deliberará y aprobará durante el período por el cual fue convocada los temas de su competencia. Es posible que la Asamblea decida convocar a la ciudadanía para que apruebe el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo”, explica la Misión de Observación Electoral.