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Salud y bienestar

Autorizan a cajas de compensación ceder al gobierno mayor participación de acciones de Nueva EPS

La superintendencia de salud dio el visto bueno a las cajas de compensación que son accionistas de nueva EPS, a facilitar la toma de decisiones de capitalización de la entidad

La Superintendencia de Salud autorizó a los accionistas de Nueva EPS, entre ellos las cajas de compensación, realizar la modificación de la composición accionaria de la entidad, para facilitar la toma de decisiones de capitalización de la EPS.

El visto bueno de la Supersalud, se da luego de la solicitud previa de la reforma estatutaria al contrato social de nueva EPS, que fue aprobada por la asamblea general de accionistas en una reunión extraordinaria celebrada el pasado 28 de julio.

Esta decisión, permitiría que el gobierno nacional asuma la mayoría de acciones de Nueva EPS, tal y como fue solicitado, ante la critica situación financiera que atraviesa.

En ese sentido, se aprobó la modificación de los artículos 16, 17, 21, 22 y 66 del contrato social de Nueva EPS, y quedan así:

Artículo 16: Se reduce del 80% al 60% el porcentaje de votos necesarios para autorizar la emisión de acciones y para colocarlas sin derecho de preferencia, lo que facilita decisiones de capitalización

Artículo 17: Se amplía la competencia para aprobar el reglamento de colocación de acciones, que antes correspondía solo a la junta directiva y ahora también puede hacerlo la Asamblea de Accionistas.

Artículo 21: Expande las facultades de la asamblea, que ahora puede definir con la junta directiva, las reglas para la negociación del derecho de preferencia en la compra de acciones.

Artículo 22: Este punto, antes obligaba a mantener proporciones fijas de participación entre la nación y las cajas de compensación, y ahora elimina ese limite y abre la posibilidad de que, si un accionista vende la totalidad de sus acciones, y los demás no las adquieren en seis meses, la sociedad pueda aprobar la venta a terceros con el 75% de los votos.

Artículo 66: Dicho estatuto que regula las causales de disolución, ya no obliga a realizar la liquidación, si cambia la proporción accionaria.