Pico y placa en Bogotá del 25 al 29 de agosto: Evite multas y esté atento a la nueva rotación
Esta es la nueva rotación para la última semana de agosto. Conozca cómo funcionará:

Pico y placa Bogotá 25 al 29 de agosto
Bogotá es una de la ciudades con más tráfico en el país, pues hay un alto porcentaje de personas que se movilizan en carros particulares por la ciudad. Sin embargo, la capital cuenta con una medida especial para evitar los embotellamientos que se presentan, especialmente en horas de alto flujo, la medida del pico y placa.
Esta restricción intenta mejorar la movilidad en la ciudad restringiendo la movilidad de acuerdo al último dígito de la palca de los carros particulares. Bogotá no es la única ciudad que opta esta restricción, hay otras como Medellín, Bucaramanga y Pereira.
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Horario del pico y placa en Bogotá
De acuerdo con la información suministrada por la Secretaría de Movilidad, la restricción funciona entre las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si desea movilizarse dentro de estos horarios, existe una excepción llamada Pico y placa Solidario, en la que por medio de una pago, le permite transitar por toda la ciudad sin restricción.
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Pico y placa semana del 25 al 29 de agosto
- Lunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
- Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
- Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
- Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
- Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
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Vehículos exceptuados del pico y placa
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Funerarias o agencias mortuorias.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).
- Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
- sLos vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.



