Esta es la suma que tendrá que pagar por orinar en la calle: 4.000 colombianos han sido multados en 2025
Conozca quiénes pueden evadir la multa.
Hombre orinando / Getty / Nomadsoul1
Recientemente, la Alcaldía de Bogotá realizó un llamado a los ciudadanos para que no caigan en la práctica de orinar o realizar sus necesidades fisiológicas en el espacio público. Lo anterior se debe a que en los primeros 7 meses del año ya han sido multados más de 4000 colombianos. Esta situación ha sido calificada como una actividad contraria a la convivencia ciudadana.
Ante la preocupación del Distrito de que la situación empeore en la ciudad y deje de respetarse el espacio público, el secretario de Seguridad, César Restrepo, se pronunció e indicó que la capital no es un baño. “El espacio público no es un baño, no hay excusas. La persona que sea sorprendida por las autoridades orinando en la calle será multado, pues esta es una falta que genera graves problemas de convivencia en la ciudad. El llamado es a respetar a Bogotá, la casa de todos, y a contribuir a su orden y limpieza dando el ejemplo”
Ahora bien, para evitar que los colombianos orinen en la ciudad, la Alcaldía de Bogotá ha consolidado una estrategia que implica realizar de manera continua y permanente actividades de tipo educativas, así como charlas y capacitaciones, entre otras. Este plan se está implementando en zonas de rumba y escolares, pero también de propiedad horizontal y en espacio público.
En medio de este llamado, la Alcaldía aprovechó para indicar que los colombianos también están cayendo en prácticas que no están permitidas como portar armas cortopunzantes, ingresar o salir de las estaciones del sistema de transporte por sitios que no están autorizados, el evadir el pago de la tarifa al usar TransMilenio o SITP y provocar riñas, entre otros.
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¿De cuánto es la multa por orinar en espacio público en Bogotá?
De acuerdo a la Alcaldía de la capital, las personas cometen esta infracción tendrán que pagar una suma de $ 759.200.
Adicionalmente, los colombianos que orinen o realicen sus necesidades fisiológicas en las calles del país deberán participar en un programa comunitario o tendrán que hacer parte de “una actividad pedagógica como pintar parques, limpiar sitios históricos y recoger basuras en quebradas, entre otras”.
Sumado a lo anterior, este comportamiento incumple con la Ley 1801 de 2016. “Los que incurran en esta falta tendrán una multa tipo 4, del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC), Ley 1801 de 2016″.
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¿Quiénes son las únicas personas que no tendrán que pagar la multa?
Frente a esta posibilidad, el Distrito reveló que hay unas personas que se pueden salvar de pagar la multa por orinar o hacer necesidades fisiológicas en espacios públicos, se trata de quienes pueden considerarse como habitantes de calle, dada su situación de vulnerabilidad. Esta situación ha sido señalada por la sentencia de la Corte Constitucional (C-062 de 2021).