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Nueva derrota para el alcalde de Tunja en la demanda que está por fallar el Consejo de Estado

Le negaron la práctica de unas pruebas consideradas por la defensa como “sobrevinientes”

El alcalde de Tunja está a la espera del fallo. Foto | Alcaldía Mayor de Tunja

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Gloria María Gómez Montoya, magistrada ponente de la Sección Quinta del Consejo de Estado, rechazó por extemporáneas, las pruebas solicitadas por el apoderado del demandado.

Recordó la funcionaria que el Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala Dual de Decisión 2, mediante sentencia del 27 de febrero de 2025, declaró la nulidad de la elección. El demandado, impugnador y la Registraduría Nacional del Estado Civil, interpusieron recursos de apelación en contra de esta decisión.

El 12 de mayo se admitieron las impugnaciones y mediante memorial radicado el 20 de junio de 2025, el apoderado del señor Mikhail Krasnov realizó una solicitud de pruebas «sobrevinientes» que, a su juicio, demostrarían que el contrato 2302 de 2022 que dio lugar a la nulidad de su elección no es de prestación de servicios sino de docente de cátedra y presentó un informe de supervisión del contrato No. 2302 de 2022 frente a las actividades desarrolladas.

Según la magistrada que el artículo 212 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 53 de la Ley 2080 de 2021, establece que, en segunda instancia, cuando se trate de apelación de sentencia, en el término de ejecutoria del auto que admite el recurso, las partes podrán pedir pruebas y que la providencia que admitió las impugnaciones fue notificada por estado del 14 de mayo de 2025, por lo tanto, quedó ejecutoriada el 19 y en ese orden, como la solicitud llegó el 20 de junio de 2025, es extemporánea, toda vez que la norma no contempla la posibilidad de solicitar pruebas más allá de esta oportunidad, a pesar de que pueda versar sobre hechos sobrevinientes, por lo que fue rechazada.

Le advierte la magistrada al abogado del alcalde que de acuerdo con lo establecido en el artículo 295 de la Ley 1437 de 2011 que consagra las consecuencias de las peticiones impertinentes y de los recursos improcedentes, los cuales serán tenidos como formas de dilatar el proceso.

Recordemos que la Procuraduría le pidió al Consejo de Estado que confirme la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá que el 27 de febrero declaró la nulidad de la elección de Mikhail Krasnov, como alcalde de Tunja.