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Aspectos a tener en cuenta de la ley 2437-2024 de insolvencia en Colombia: conózcala en profundidad

Le contamos todo lo que debe saber y los aspectos a tener en cuenta de la ley 2437-2024 de insolvencia en Colombia.

Imagen de referencia / Getty Images

Imagen de referencia / Getty Images / Moon Safari

La ley 2437, sancionada el 12 de diciembre de 2024, establece en Colombia un marco normativo permanente para la insolvencia empresarial. Para que entienda un poco mejor, cuando se menciona insolvencia, es la situación en la que una empresa no puede cumplir con sus obligaciones de pago a medida que estas vencen.

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En pocas palabras, esta situación se presenta cuando una empresa no tiene suficiente liquidez (dinero disponible) o activos fácilmente realizables para pagar a sus acreedores, empleados, proveedores o el Estado.

De acuerdo con la presidencia de la República, esta ley se implementó con el fin de reforzar la protección de los derechos laborales, priorizando el pago de acreencias laborales en los procesos de insolvencia, fortaleciendo y agilizando los procesos de reorganización y liquidación de empresas en dificultades financieras.​

Además, esto busca ampliar y fortalecer la lista de auxiliares de justicia para atender adecuadamente los casos de procesos de insolvencia, evitando desplazamientos innecesarios y mejorando la capacidad de respuesta de los jueces civiles y la Superintendencia de Sociedades.

Herramientas y mecanismos con los que cuenta la ley 2437-2024

En las páginas web de la Universidad del Rosario y Ámbito Jurídico mencionaron algunas herramientas y mecanismos destacados de esta ley, a continuación los dejamos para que los conozca:

  • Mecanismos de alivio financiero: en este caso, la ley permite la inclusión en los acuerdos de reorganización de medidas como, la capitalización de pasivos, la descarga de deudas excesivas y los pactos de deuda sostenible, facilitando la reestructuración financiera de las empresas.
  • Procesos simplificados para pequeñas empresas: sobre esto, se crearon procedimientos abreviados de reorganización y liquidación judicial simplificada para empresas cuyos activos no superen los 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, con el fin de atender de manera más eficiente las pequeñas insolvencias.
  • Uso de tecnologías e inteligencia artificial: por su parte, la Superintendencia de Sociedades y otras entidades competentes pueden implementar herramientas tecnológicas y de inteligencia artificial en los procesos de insolvencia, mejorando la eficiencia y eficacia de los trámites.

Aspectos que debe tener en cuenta sobre esta ley

De acuerdo con Comunidad Contable de Legis, “la Ley 2437 del 2024 estableció de manera permanente la legislación que se había emitido con los decretos legislativos 560 y 772 del 2020 sobre reorganización empresarial e insolvencia”, añadiendo que cuando se implementaron tenían una vigencia de dos años, sin embargo, con esta ley la recobró de manera permanente.

Teniendo en cuenta esto, explicaron algunos aspectos que se deben tener en cuenta, como lo siguiente:

Responsabilidad de los contadores públicos y revisores fiscales en los procesos de reorganización empresarial y liquidación judicial

Aquí lo que se debe tener en cuenta es que el juez de concurso, no realizará ningún tipo de auditoría sobre el contenido “o exactitud de los documentos aportados, ni sobre la información financiera o cumplimiento de las políticas contables“. Esto será responsabilidad únicamente del deudor, su contador y su revisor fiscal.

Certificación del revisor fiscal en la capitalización de pasivos como mecanismo de alivio financiero y reactivación empresarial

Los expertos de Legis, aseguraron que “para la emisión y colocación de las acciones y bonos de riesgo provenientes de capitalización de créditos, será suficiente la inclusión en el acuerdo del reglamento de suscripción”. Lo que quiere decir esto, es que no se requiere trámite o autorización para “la colocación de los títulos respectivos y el aumento del capital podrá ser inscrito, sin costo, en el registro mercantil de la cámara de comercio competente”, esto junto con la copia del acuerdo y el certificado del contador y revisor fiscal sobre el número de títulos suscritos y el aumento registrado en el capital.

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