Importante festivo en Colombia no podrá ser disfrutado por muchos en 2025: Cae en domingo
Sin ese festivo, ese mes quedará sin días feriados. Aquí está el festivo que caerá el domingo y el porqué no se puede mover para el lunes.

Colombia es conocida como una de las partes del mundo con mayor cantidad de festivos. Exactamente, el territorio colombiano es el segundo país con más feriados en América Latina, después de Argentina, y, por adelante de él, se encuentran Irán, Sri Lanka, Bangladés, Líbano y Malasia, que tienen respectivamente 27, 24, 23, 22 y 21 días de fiesta nacional.
Por lo general, los festivos en Colombia se implementaron con el fin de honrar fechas importantes para los creyentes católicos o resaltar un hecho social e histórico relevante para el país. Algunos de ellos son, por ejemplo, el Día del Sagrado Corazón de Jesús (el 30 de junio para el 2025) o el día de la Batalla de Boyacá (7 de agosto).
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Estos feriados están regidos por la Ley 51 de 1983, o llamada también Ley Emiliani, que explica que hay festivos que se deben mover al lunes más próximo como otros que no. De hecho, esta ley es particularmente importante, ya que este año en Colombia no habrá un festivo que caiga un lunes debido a ella. ¿Cuál es? Aquí se lo contamos.
¿Es festivo el 20 de julio de 2025 en Colombia?
Sí, se considera un día festivo, a pesar de que esté un domingo en el 2025. Necesariamente, un feriado no se encuentra un lunes para considerarse fiesta nacional, pues, particularmente, el 20 de julio se mantiene este día porque corresponde a la fecha exacta de inicio de Independencia de Colombia.
Un festivo se puede definir como un “descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso”; por eso, en Colombia se considera el 20 de julio festivo, aunque sea domingo.
¿Por qué no se mueve el festivo del 20 de julio al lunes?
Dentro de la Ley Emiliani, también se regula el descanso de la fuerza laboral durante estos días. Sobre festivos como el del Día de la Independencia de Colombia, dice que, “Todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: primero de enero, seis de enero, diecinueve de marzo, Primero de Mayo, veintinueve de junio, veinte de julio, siete de agosto”.
Con el fin de que las y los trabajadores de Colombia descansen estos festivos o reciban un recargo de su salario por día, se mueven fechas a los lunes como seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús. Sin embargo, el 20 de julio no se cambia, de acuerdo con esta norma.
¿Qué pasa si el 20 de julio cae un domingo?
Esta fecha se mantiene para ese día de la semana y no se cambia para el lunes. Usualmente, se tienden a trasladar los feriados para el lunes, ya que, así lo dispone la ley, pero hay excepciones en ciertos días como lo es 20 de julio.
En caso de que usted trabaje ese domingo 20 de julio, tendrá derecho a un descanso remunerado o el pago de un día dominical.