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Pereira

Exalcalde Carlos Alberto Maya, deberá permanecer en prisión, le negaron la casa por cárcel

En fallo de segunda instancia, la juez no lo reconoció bajo la figura de padre cabeza de hogar por la condición de su progenitora, esto por la existencia de dos hijos más.

Carlos Alberto Maya, audiencia virtual

La abogada defensora del exmandatario de los pereiranos, argumentó ante la Juez de garantías, con fines de lograr la sustitución de la medida carcelaria por domiciliaria, impuesta por el Juzgado Tercero Penal con Función de Control de Garantías, el 15 de julio del año en curso, que la progenitora de Maya, quien es una adulta mayor de 72 años de edad, depende del mismo en su totalidad, toda vez, que padece de dos enfermedades que han deteriorado su estado de salud en la última década, especialmente los últomos meses, y además necesita de cuidados especiales que solo el exmandatario le puede brindar.

A pesar de contar con otros dos hijos, la abogada indicó además que una de ellos se encuentra en el exterior y no se puede hacerse cargo de la adulta mayor, y el otro se encuentra arraigado en Medellín junto a su familia y además de tener a cargo a sus dos hijos menores de edad, también responde económicamente por sus suegros, por lo que tampoco se puede hacer cargo.

Abogada defensora Carlos Alberto Maya

La defensa indicó también que en declaraciones extrajuicios hechas por los mismos hermanos de Maya y la esposa del exmandatario, estos reconocieron que la adulta mayor solo reconoce como su cuidador al exalcalde, esto debido al deterioro de su salud mental.

Ante la solicitud, el representante de la Procuraduría se opuso a la solicitud argumentando que el hijo que se encuentra en libertad debe priorizar las necesidades de su madre y no de sus suegros.

Representante de la Procuraduría

Por su parte el Fiscal 20 Seccional, José Ignacio Arias, también se refirió al principio de solidaridad que los demás hermanos de Maya, deben tener con su propia progenitora, y de nuevo se refirió a las interceptaciones realizadas por investigadores al exalcalde, a través de las que establecieron dos pagos millonarios, uno de estos por $12 millones, a una empresa de trámites de visas a Canadá, al parecer, para adquirir visas de estudios tanto para él como para su esposa, preguntando entonces a quien dejaría a cargo a su mamá de haber salido al exterior.

Fiscal 20 Seccional

Exalcalde Carlos Alberto Maya rompió su silencio:

Ante estos argumentos de la Procuraduría y la Fiscalía, Maya decidió romper su silencio a pesar de la advertencia de la juez de que todo lo dijera, podría ser usado en su contra, y en un discurso cortó indicó que si bien sus hermanos no son malos hijos, como en muchas familias, no todos están dispuestos a ayudar, y que le aclaró al fiscal que la millonaria suma pagada a la empresa era para un curso de inglés, y los fines migratorios eran para el término de dos o tres años.

Carlos Alberto Maya, exalcalde de Pereira

Entre lágrimas, Maya indicó que aun en su cargo como alcalde nunca abandonó a su mamá y así mismo culpó al fiscal del caso de haberlo vuelto mediático.

Carlos Alberto Maya, exalcalde de Pereira

La decisión de la juez:

Así entonces, la juez a cargo de este fallo en segunda instancia teniendo en cuenta todos los argumentos de las partes, y haciendo referencia a la responsabilidad que deben tener todos los hijos frente al cuidado de la adulta mayor no por voluntad sino por obligación, así como de la misma esposa de Maya, en su rol como nuera, decidió no reconocer al exalcade en la figura de padre cabeza de hogar, y le negó la sustitución de la medida.

Juez Cuarta Penal con Función de Control de Garantías de Pereira

Ante este fallo, no fueron presentados recursos de apelación por ninguna parte, y finalmente Maya se pronunció aseverando que respetaban, pero no compartían la decisión.

Recordemos que Carlos Alberto Maya, enfrenta un proceso judicial en su contra por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en concurso homogéneo; obtención de documento público falso, fraude procesal; destrucción, supresión u ocultamiento de documento público; falsedad ideológica en documento público en concurso homogéneo y sucesivo; prevaricato por acción; abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, y peculado por apropiación, con la circunstancia de mayor punibilidad.