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Policía no podrá hacer uso de la fuerza letal para proteger “bienes inferiores a la vida”

El presidente Gustavo Petro firmó el decreto que reglamenta el uso proporcional de la fuerza por parte de la Policía Nacional.

El Gobierno presentó el decreto que reglamenta el uso proporcional de la fuerza por parte de la Policía. Foto: Policía Nacional / Colprensa

Colombia

El presidente Gustavo Petro y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, firmaron el decreto 1231 de 2024, “por medio del cual se reglamenta el uso diferenciado y proporcional de la fuerza por parte de la Policía Nacional”. La normativa, que recién sale a la luz, fue firmada el 3 de octubre.

Allí se establece que todos los miembros de la Policía Nacional tienen el deber de “utilizar la fuerza necesaria, proporcional y racional” solo “cuando sea imprescindible para un fin legítimo de aplicación de la ley”. En un apartado, de hecho, sostienen que “no podrán usar medidas extremas, como la fuerza potencialmente letal, para salvaguardar un bien jurídico o bienes materiales que resultan inferiores a la vida”.

En ese mismo sentido, el documento enfatiza en que “los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no pueden usar más fuerza de la que razonablemente sea necesaria según las circunstancias para dispersar una reunión, prevenir el delito o efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o ayudar a efectuarla”.

De hecho, se menciona que la fuerza pública es la responsable de “adecuar la actividad de la Policía” para los distintos escenarios. La prioridad es salvaguardar la seguridad de la ciudadanía, pero sin poner en riesgo vidas, siempre que sea posible.