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¿A qué edad se pensionan los policías y militares de Colombia?: así es el régimen especial

En Colombia para obtener la pensión no solo basta con ahorrar, sino que se deben cumplir ciertos requisitos

Fuerza Pública Foto: Getty Images / GUILLERMO LEGARIA

En el país y en el mundo, pensionarse es una de las metas más importantes de los ciudadanos que trabajan. Alcanzar este momento significa culminar la vida laboral y, de haber cotizado, comenzar a recibir el dinero que se ahorró. Así las cosas, esta etapa es caracterizada como aquella que está llena de tranquilidad, debido a que las preocupaciones y responsabilidades diarias disminuyen.

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De este modo, la pensión es entonces un pago mensual que reciben los ciudadanos que durante su vida laboral fueron juiciosos y cotizaron, bien sea en un fondo privado o con Colpensiones. Sin embargo, para obtener la pensión no solo basta con ahorrar, sino que se deben cumplir ciertos requisitos, como lo son cumplir la edad establecida en la ley y tener un mínimo de semanas laboradas (cotizadas) y demostradas ante el Estado.

Igualmente, la importancia de la pensión reside en que así se garantiza que los ciudadanos que están en la tercera edad o cerca de ella tendrán un ingreso mensual. Esto permitirá en teoría que puedan vivir sin preocupaciones financieras y tener garantizados sus derechos fundamentales. Adicionalmente, dejarían de ser una preocupación para el Estado

No obstante, para pensionarse no se requiere en todos los casos alcanzar la mayoría de edad. En algunas circunstancias hay excepciones, como lo son la salud, pues una persona que no se encuentra en óptimas condiciones para trabajar puede pensionarse con antelación. Asimismo, se pueden pensionar antes de la edad establecida por la ley quienes se dediquen a labores específicas, como lo son los militares y los oficiales, o profesionales de alto riesgo.

Es decir, en la actualidad hay pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes. Esta última se otorga a los familiares de una persona que falleció y estuvo cotizando

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A qué edad se pensionan los policías y militares de Colombia: así es el régimen especial

El personal de las Fuerzas Armadas de Colombia se rige por un régimen especial en lo que se refiere a su pensión. Esto se debe a que al dedicarse a labores de alto riesgo reciben el beneficio de pensionarse dependiendo el tiempo que han estado prestando servicio. Aunque, se habla de que la mayoría debe pensionarse después de 18 años de servicio.

La ley en el Decreto 4433 de diciembre de 2004 estableció que no se puede hablar de una edad en específico para la pensión de la Fuerza Pública. Por eso se evalúa cada caso. Pero, además, la pensión dependerá de temas como el rango y el tiempo de servicio.

Otro detalle importante es la pensión de invalidez. Esta la obtienen si un médico de las Fuerzas Armadas determina que el interesado en la pensión tiene una disminución de su capacidad laboral que es igual o superior al 75%. En este caso, los valores de la pensión por invalidez dependerán del grado de la disminución de la capacidad.

Sin embargo, en caso de desearlo, pueden hacer la solicitud para pensionarse antes de tiempo y el caso será revisado.

¿Dónde puedo recibir información sobre mi pensión si ya tengo derecho a recibirla por cumplir con mi tiempo de servicio?

Las personas interesadas del Ejército Nacional deberán visitar la Caja de Sueldos de Retiro en la Carrera 10ª # 27 – 27 Edificio Bachué oficina 212 piso 2º o pueden llamar al 601-3537302

De haber pertenecido a la Policía Nacional deben acudir a la caja de Sueldos de Retiro (CASUR) en la Carrera 7ª # 13 – 58 piso 11 o llamar al 601-3426494 –  601-3425843 y marcar las extensiones: 220 y 229 Fax: 2435624