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Justicia

Presidente de la Corte Suprema criticó que postulados de Justicia y Paz pasen a la JEP

El Magistrado de la Corte Suprema, Gerson Chaverra, criticó la propuesta del presidente Petro sobre el traslado de comparecientes de Justicia y Paz a la JEP. Dijo: “Ello deja en evidencia que el compareciente no cumplió los compromisos”.

Gerson Chaverra, presidente de la Corte Suprema de Justicia .(Colprensa - John Paz) / John Paz

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerson Chaverra, durante su intervención en el conversatorio Justicia y Paz, criticó la propuesta del presidente Petro unificar justicias y que exista esa propuesta de trasladar a comparecie tes de justicia y paz a la JEP.

“No surge conveniente que de manera indistinta aquellas personas que se acogieron a Justicia y Paz sean ahora involucradas como comparecientes de la JEP. Ello deja en evidencia que el postulado que incumplió sus compromisos pueda pasar impunemente a otro sistema“, dijo.


Así mismo agrego que bajo esa misma linea, le “surge conveniente que de manera indistinta aquellas personas que se acogieron al modelo de justicia y paz sean ahora involucradas como comparecientes de la justicia especial para la paz, dado que ello deja en evidencia que el postulado o compareciente que no cumplió sus compromisos de verdad ante justicia y paz pueda pasar impunemente a otro sistema de justicia y acogerse a sus beneficios dando cuenta de unos hechos que debió narrar cuando se postuló ante justicia y paz, o lo que es aún peor, ante la pérdida de los beneficios de un modelo de justicia por haber cumplido los compromisos pasa a otro modelo de justicia como una manera de burla a la justicia transicional tratando de encontrar en ésta los beneficios que perdió en el otro modelo de justicia”, advirtió.


Igualmente afirmó que para la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema el avance de los procesos sigue siendo una preocupación “porque el tiempo juega en contra de todos los involucrados en este asunto, y por lo mismo, resulta indispensable agilizar las actuaciones, para el cumplimiento de los fines para los que fue creado el régimen transicional”.