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Estos son los pensionados de Porvenir que reciben la mesada 14: ¿Ya consultó?

¡Preste atención! Conozca qué personas pueden acceder a esta mesada y cuándo se entrega.

Pareja revisando una libreta (Foto vía Getty Images) / jeffbergen

La pensión es un beneficio económico otorgado a los trabajadores que han cumplido con los requisitos establecidos para jubilarse. En Colombia, el sistema de pensiones está compuesto por diferentes regímenes, como el régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones y los regímenes de ahorro individual, administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como Porvenir, entre otras.

Para acceder a una pensión en Colombia, los trabajadores deben haber cotizado un número específico de semanas o meses, dependiendo del régimen al que estén afiliados, y haber alcanzado la edad requerida para el retiro. Una vez cumplidos estos requisitos, los trabajadores pueden solicitar su pensión y comenzar a recibir pagos periódicos para sustentar sus gastos durante su jubilación.

Por su parte, Porvenir es una Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) que administra un Fondo Voluntario de Pensión, Fondos de Pensiones Obligatorias y Fondos de Cesantías, así como Patrimonios Autónomos. Asimismo, hace parte del Grupo AVAL y trabaja en pro de la consolidación y administración del futuro pensional de los afiliados.

¿Cuántas mesadas se reciben al año?

Según el portal de Porvenir, los pensionados anualmente reciben 13 mesadas, una cada mes y otra adicional que se paga en noviembre de cada año. Asimismo, recalcan que hay algunos afiliados que reciben 1 más, es decir, 14 mesadas, una cada mes y dos adicionales que se pagan en junio y noviembre, según lo dispuesto por el acto legislativo 01 de 2005.

¿Qué afiliados a Porvenir pueden recibir la mesada 14?

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Es importante destacar que la mesada 14 no aplica para todos los pensionados, sino únicamente para aquellos que cumplan con los requisitos que han sido establecidos años atrás por la AFP y el Gobierno.

En ese sentido, solo las siguientes personas tienen derecho a recibir esa mesada:

  • Las personas que comenzaron a recibir su pensión antes del 25 de julio de 2005, siempre y cuando esta no exceda los 15 salarios mínimos.
  • Las personas que recibieron su pensión entre el 25 de julio del 2005 hasta el 31 de julio de 2011 y que, al momento de cumplir con los requisitos para acceder a pensión, recibieron un monto inicial de pensión igual o inferior a tres salarios mínimos.

Mesada 14 para veteranos de la Fuerza Pública

Tal como se informó a través de un artículo de la Oficina de Información y Prensa de la Cámara de Representantes, la plenaria aprobó el pasado 5 de junio el proyecto de Acto Legislativo que reconoce la mesada 14 para veteranos de las Fuerzas Militares y de Policía, con 99 votos por el Sí y 0 por el No.

El pago otorgado beneficiará a cientos de pensionados de la Fuerza Pública, bien sea por jubilación, invalidez, vejez, sobrevivientes y sus beneficiarios legales en caso de fallecimiento.