¿Cuándo se pierde el derecho a la pensión de sobrevivientes en Colombia?
Conozca las causales que pueden llevar a la pérdida de este derecho y el proceso para reclamarlo.
La pensión de sobrevivientes en Colombia es una prestación que se otorga a los familiares de una persona fallecida que era pensionada o cotizante al sistema de seguridad social. Este beneficio busca garantizar la estabilidad financiera de los beneficiarios que dependían económicamente del fallecido.
La ley colombiana establece quiénes son los beneficiarios y los requisitos que deben cumplir para acceder a esta pensión.
Beneficiarios y requisitos
Los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes en Colombia son aquellos familiares que tienen derecho a recibir esta prestación tras el fallecimiento de un pensionado o cotizante al sistema de seguridad social. A continuación, le presento quiénes son los beneficiarios y los requisitos para acceder a esta pensión:
- Ser el cónyuge del fallecido: El cónyuge del fallecido tiene derecho a la pensión de sobrevivientes siempre y cuando haya estado casado con el afiliado o pensionado al momento de su fallecimiento. Si no estaban casados, pero mantenían una unión marital de hecho, se requiere demostrar una convivencia mínima de 2 años continuos antes del deceso.
- Ser el hijo menor de edad: Los hijos menores de 18 años tienen derecho a la pensión de sobrevivientes. Este derecho se extiende hasta los 25 años si el hijo está estudiando en un programa técnico, tecnológico o universitario de manera regular. En caso de hijos con discapacidad, no hay límite de edad siempre y cuando la discapacidad sea acreditada y haya sido declarada antes de los 18 años.
- Ser el padre del fallecido: Los padres del fallecido pueden ser beneficiarios si dependían económicamente del mismo. Para ello, deben demostrar que el fallecido les proporcionaba la mayor parte de su sustento económico y que no cuentan con ingresos suficientes para su subsistencia.
- Ser un hermano (a) menor de edad del fallecido: Los hermanos huérfanos menores de 18 años también pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, siempre y cuando dependieran económicamente del fallecido y no tengan padres con derecho a la pensión.
- Ser el padrastro o madrastra del fallecido: El padrastro o la madrastra pueden ser beneficiarios si dependían económicamente del fallecido y no existen cónyuges, compañeros permanentes, hijos o padres con derecho a la pensión.
¿Cuándo se pierde la pensión de sobrevivientes?
Existen ciertas circunstancias en las cuales es posible perder este derecho. Le explicamos a continuación:
1. Matrimonio o unión marital de hecho posterior:
- Si el beneficiario de la pensión de sobrevivientes se casa nuevamente o establece una nueva unión marital de hecho, puede perder el derecho a esta pensión.
- Sin embargo, existen excepciones en casos de matrimonio o unión marital con una persona que también sea beneficiaria de una pensión de sobrevivientes.
2. Superar los límites de ingresos establecidos:
- En algunos casos, la pensión de sobrevivientes puede ser suspendida o cancelada si el beneficiario supera los límites de ingresos establecidos por la ley.
- Estos límites varían dependiendo del régimen pensional y pueden ser ajustados anualmente.
3. Dejar de cumplir con los requisitos de dependencia económica:
- Si el beneficiario deja de depender económicamente del familiar fallecido, puede perder la pensión de sobrevivientes.
- Esto puede ocurrir si la persona consigue empleo o encuentra otras fuentes de ingresos que le permitan ser económicamente independiente.
Procedimiento para reclamar el bono pensional
1. Alistar la documentación y cumplir con los requisitos:
- Reúna los documentos necesarios, como el registro civil de defunción del cotizante o pensionado, el documento de identidad del solicitante y otros formularios requeridos
- Asegúrese de cumplir con los requisitos específicos según su relación con el fallecido (cónyuge, hijos, padres o hermanos inválidos).
2. Presentar la solicitud:
- Puede presentar la solicitud y la documentación requerida ante Colpensiones o un Fondo de Pensiones Privado (FPC), dependiendo de dónde estuviera afiliado el fallecido.
3. Radicar la documentación:
- La documentación puede ser radicada de manera presencial en los puntos de atención de Colpensiones o del FPC correspondiente.
- Algunos fondos permiten realizar el trámite en línea a través de sus portales web.
4. Esperar la respuesta:
- Una vez presentada la documentación, se debe esperar la notificación con la decisión sobre la pensión de sobrevivientes.
- La notificación puede realizarse en las oficinas de las sucursales a nivel nacional o a través de medios electrónicos, según la entidad.