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Menos de 4 meses duró en su cargo el alcalde de Chiquinquirá

Jefferson Leonardo Caro Casas fue elegido el 29 de octubre de 2023 y el 18 de abril de 2024 el Consejo de Estado le negó la solicitud de aclaración de la sentencia y rechazó de plano la nulidad de pérdida de investidura.

Jefferson Caro Casas fue elegido alcalde de Chiquinquirá el pasado 29 de octubre de 2023, con 11.497 votos. / Foto: Suministrada.

Chiquinquirá

Caracol Radio conoció dos decisiones de la Sección Primera del Consejo de Estado que sacan de su cargo al alcalde de Chiquinquirá, Jefferson Leonardo Caro Casas.

En decisión del 18 de abril de 2024 el Consejo de Estado negó la solicitud de aclaración de la sentencia proferida por la Sección Primera el 29 de febrero de 2024 y negó la solicitud de adición de la sentencia, así mismo rechazó de plano la solicitud de nulidad.

Recordemos que el 29 de febrero de 2024 la Sección Primera del Consejo de Estado falló en su contra una demanda de pérdida de investidura interpuesta por Laura Victoria Gorraiz Monroy y Leidy Natalia Suárez Moya.

En su decisión revocó una sentencia proferida el 12 de octubre de 2023 por el Tribunal Administrativo de Boyacá y en su lugar decretó la pérdida de investidura del señor Jefferson Leonardo Caro Casas concejal de Chiquinquirá, durante el periodo constitucional 2020 – 2023.

Ahora lo que sigue es que se encargue a alguien en la alcaldía de Chiquinquirá, mientras se convoca a elecciones atípicas.

¿Qué son las elecciones atípicas?

Según la Registraduría, son eventos electorales que se realizan por fuera del calendario electoral ordinario, con el fin de cubrir la vacancia absoluta de un mandatario y elegir una autoridad por el tiempo que resta del periodo constitucional del cargo, cuando esta vacancia se registra faltando 18 meses o más para la terminación de dicho periodo.

En el caso de Chiquinquirá, el alcalde elegido para el periodo constitucional 2024 – 2027, Jefferson Leonardo Caro Casas solo estaría en el cargo algo más de 100 días, mientras se notifica la decisión y la sentencia queda debidamente ejecutoriada.