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Procuraduría solicita proceso disciplinario por presunto abandono de cargo del alcalde

El Ministerio Público solicitará al gobernador de Norte de Santander tramitar la vacancia

Cúcuta

La Procuraduría Regional de Instrucción de Norte de Santander solicitó la apertura de un proceso disciplinario al alcalde de Cúcuta, Jorge Acevedo, por el presunto abandono del cargo.

En un auto en el cual se remite por competencia a las Procuradurías Delegadas de Instrucción para la Vigilancia Administrativa, se establece en las consideraciones del despacho que, el alcalde municipal puede estar incurso en un posible abandono del cargo.

Esto referente a presuntas inconsistencias en los trámites de permisos para su viaje a Ámsterdam, Países Bajos, ya que se habría informado sobre la invitación a la Subsecretaría de Administración del Talento Humano entre el 26 de marzo y el 1 de abril; no obstante, se radicó la solicitud de permiso ante el Concejo de Cúcuta el 7 de marzo, con el fin de adelantar la comisión de servicios fuera del país, desde el día 20 hasta el 28 de marzo, lo cual fue aprobado en plenaria.

Posteriormente, el alcalde recurrió al gobernador William Villamizar, mediante oficio del 21 de marzo, para solicitar el permiso para salir del país; allí la carta de invitación radicada tiene otra fecha en que estarían previstas las reuniones en Amsterdam, ya no serían del 20 al 28 de marzo, sino del 26 de marzo al 1 de abril.

En la queja adelantada por el abogado Carlos Arturo Ramos, se fundamenta jurídicamente que, cuando el alcalde sin justa causa abandona el territorio de su jurisdicción municipal por tres días hábiles o más en forma consecutiva, se establece como abandono del cargo, según el artículo 115 de la ley 136 de 1994.

Este artículo también dispone que dicho abandono se sancionará con destitución o suspensión por el Gobierno Nacional o por el gobernador, según sus competencias, de acuerdo con la gravedad de la falta.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Procuraduría remite por competencia al Gobernador de Norte de Santander la totalidad de la queja, para que, en el ejercicio de su deber, tome las decisiones pertinentes.