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Niegan nulidad de la elección del alcalde de Itagüí, Diego Torres

Para el Tribunal Administrativo de Antioquia, no se probó que el mandatario haya incurrido en doble militancia durante los comicios regionales.

Diego Torres, alcalde de Itagüí, Antioquia. Foto: cortesía.

Diego Torres, alcalde de Itagüí, Antioquia. Foto: cortesía.

Antioquia

El Tribunal administrativo de Antioquia determinó en primera instancia que el alcalde de Itagüí, Diego Torres no habría incurrido en doble militancia.

La decisión se adoptó como respuesta a la demanda interpuesta por la ciudadana Sandra Milena Becerra quien alegó que el mandatario, durante los comicios regionales de 2022 habría apoyado a candidatos al Concejo distintos a la colectividad que lo apoyó en su candidatura al cargo más importante de ese municipio del sur del Valle de Aburrá.

En el documento se lee que: “no podría en sana lógica pretenderse que, si un candidato al Concejo invita a un candidato a la Alcaldía a una reunión que organiza para presentarlo, lleve aparejada una invitación a votar por otro candidato distinto a los allí presentes. Por el contrario, los asistentes esperan escuchar las propuestas, conocer los candidatos y encontrar en los mismos tales coincidencias que les permitan considerar elegirlos para lograr unos propósitos con los que se Identifican”.

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Agrega que: “señalar lo contrario sería desconocer la realidad y censurar las expresiones de mutua empatía naturales o propias de las campañas electorales, otorgándole un valor excesivo e indebido a las mismas, implicando una connotación que no se corresponde con la causal de nulidad electoral”.

Bajo estos argumentos, el alto tribunal considera que no se demostró que existiera un apoyo del en ese entonces, candidato a la Alcaldía de Itagüí, Diego Torres Sánchez que configure la causal de doble militancia y en consecuencia, se negaron las pretensiones.

El proceso podría ir al Consejo de Estado si la demandante apela la decisión.

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