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Casos en los que se tiene derecho al Día de la Familia en Colombia según la ley

Este beneficio deberá ser otorgado a trabajadores sin importar su antigüedad.

Imagen de referencia vía Getty Images.

Con el fin de fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia, en Colombia los empleados tienen derecho a disponer de jornadas semestrales para que compartan con sus familias en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar.

Este beneficio deberá ser otorgado a trabajadores sin importar su antigüedad. Así las cosas, el día de la familia se compone por dos jornadas semestrales, una de enero a junio y la otra de julio a diciembre.

De acuerdo con la Ley 1857 de 2017, en caso de que el empleador no gestione esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, “esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario”.

Según el Ministerio de Trabajo, esta jornada laboral no es acumulable, no obstante, el empleador podrá conceder este derecho en algunos casos, siempre y cuando el empleador justifique las razones de su omisión.

El día de la familia se puede cumplir de manera obligatoria por parte del empleador de tres maneras:

  • El empleador podrá disponer de un espacio suministrado por él mismo.
  • El Empleador podrá realizar gestiones necesarias para que dicha jornada se coordine con la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentra vinculado.
  • En la eventualidad de que las dos primeras opciones no hayan podido materializarse, se conceda al trabajador una jornada libre remunerada para el cumplimiento de dichos fines.

¿El día de la familia dejará de existir?

Ahora bien, con la reducción de la jornada laboral que entró en vigencia en julio del 2023 y que busca llegar a las 42 semanales, el día de la familia con el tiempo ya no tendría vigencia, esto, para no afectar la retribución salarial.

Así las cosas, la exoneración de la jornada del día de la familia dependerá de la opción de implementación de reducción de la jornada máxima legal por la que opte el empleador de la siguiente manera:

  • Reducción de la jornada máxima legal de manera automática: se exonera inmediatamente de la obligación del día de la familia y de las jornadas exclusivas para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación referidas en la Ley 1857 de 2017.
  • Reducción de la jornada máxima legal de manera gradual: las obligaciones de la Ley 2101 de 2021 deberán ser ajustadas de manera proporcional de común acuerdo entre el trabador y el empleador. Cuando se termine de implementar la jornada, regirá la exoneración.

Reducción gradual de horas laborales

La disminución de las horas laborales se hará de manera gradual durante el 2023 y hasta el 2026, teniendo en cuenta las siguientes fechas:

  • A partir del 15 de julio de 2023 el número de horas trabajadas será de 47 por semana.
  • Luego del 15 de julio de 2024 el trabajador deberá cumplir con un máximo de 46 horas semanales.
  • Para el 15 de julio de 2025 el máximo de horas laborales a la semana será de 44.
  • Se espera que para el 15 de julio de 2026 se logre el objetivo de implantar completamente esta normativa y que los empleadores cumplan con un máximo de 42 horas laborales a la semana.