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Atento al día sin moto y sin carro en Bogotá 2024: Fecha y horarios

El decreto 36 de 2023 establece los parámetros de esta medida que busca promover los modelos de movilidad sostenible y mejorar la calidad del aire de la ciudad; conozca los detalles de la que sería la próxima edición

Día sin carro en Bogotá (Getty Images) / Anadolu Agency

La Alcaldía de Bogotá se estaría preparando para la primera jornada del día sin carro y sin moto que se llevará a cabo en la capital durante el 2024, la cual tiene el propósito de promover los modelos de movilidad sostenible y mejorar la calidad del aire de la ciudad.

Así lo detalla el Decreto 036 de 2023, el cual establece los parámetros de esta medida que contempla la restricción de movilidad de “vehículos automotores y motocicletas en la capital el primer jueves de febrero de todos los años”.

Según esta norma firmada durante la administración de Claudia López, la medida, con la que se prevé una reducción de las emisiones contaminantes de cerca de 60 % a las que se generan en un día hábil, tiene el fin de impulsar el uso de opciones más amigables con el medio ambiente como la bicicleta y el transporte público.

Fecha y horario

Según el decreto firmado por la administración de López, el próximo día sin carro y sin moto en Bogotá se tendría que llevar a cabo el próximo jueves 1 de febrero. Y su horario sería entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m.

Caracol Radio consultó con funcionarios de la Secretaría de Movilidad de la Alcaldía de Carlos Fernando Galán, quienes indicaron que en los próximos días llevarán a cabo una rueda de prensa.

Sin embargo, señalaron que “por consulta popular y establecido por Decreto, la jornada se debe realizar el primer jueves de febrero”, con lo que se espera que se desarrolle el primer día del próximo mes.

A su vez, la Secretaría de Movilidad compartió una publicación en su cuenta oficial de X (Antes Twitter) en la que invita a los ciudadanos a realizar comentarios respecto al artículo que contempla el día sin carro y sin moto para 1 de febrero, con lo que reitera la vigencia del decreto.

Los que pueden y no pueden circular:

El decreto 036 de 2023 establece una lista con los vehículos que deben cumplir con esta media y aquellos que por sus funciones cuenta con una excepción. Aquí le compartimos el listado de aquellos que pueden circular por la ciudad sin recibir sanciones:

Excepciones

Estos son los vehículos que podrán transitar durante la jornada, debido a que aplica las excepciones:

  • Transporte para personas con discapacidad
  • Rutas escolares
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros
  • Motos que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio
  • Vehículos de servicio públicos domiciliarios
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada
  • Transporte público
  • Vehículos de emergencia
  • Vehículos para el control de tráfico
  • Caravana presidencial
  • Vehículos militares, Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá, incluyendo motocicletas, así como vehículos que estén acompañados por esquemas de seguridad de la Policía Nacional.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
  • Carrozas fúnebres
  • Vehículos para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones
  • Transporte de valores