Justicia

María del Socorro Pimienta interpuso tutela al Gobierno por su destitución

La exsuperintendente de Industria y Comercio salió de la entidad vía Decreto, luego de que el presidente Gustavo Petro declarara insubsistente su nombramiento.

María del Socorro Pimienta. Foto: Superintendencia de Industria y Comercio, SIC

María del Socorro Pimienta. Foto: Superintendencia de Industria y Comercio, SIC

Colombia

El pasado 14 de diciembre se dio a conocer la salida del cargo de María del Socorro Pimienta como Superintendente de Industria y Comercio, luego de que el Gobierno Nacional declarara insubsistente su nombramiento por presuntos malos manejos en la entidad.

Tras la destitución, la exfuncionaria denunció que fue víctima de acoso constante con el propósito de fomentar su salida de la entidad. Señaló que a pesar de haber trabajado en la SIC durante más de 30 años, “primaron intereses personales y promesas políticas” que impulsaron su salida.

Ahora, María del Socorro entabló una acción de tutela en contra de la Superintendencia de Industria y Comercio, al considerar que se le están vulnerado sus derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y el trabajo.

Adicional, señaló que es madre de tres hijos que dependen económicamente de ella y que todos son beneficiarios en el sistema de salud. Enfatizó en que tiene un hijo en condición de discapacidad y que con esta decisión también se vulnerarían sus derechos.

La tutela también establece que María del Socorro se encuentra en estado de vulneración e indefensión al ser una persona que hace parte de un grupo de especial protección constitucional por estar próxima a pensionarse.

La exfuncionaria solicita que se declare la ineficacia de la terminación del vínculo por insubsistencia referenciada en el Decreto 2175 de 2023, por vulnerar los derechos fundamentales en cita y que se ordene su reincorporación como Superintendente, por lo menos hasta la fecha en que cumpla los requisitos pensionales para garantizar la protección efectiva de sus derechos.

Señala que en caso de que no se pueda dar su reintegro como superintendente se ordene su reintegro en otro cargo de igual o mejor remuneración.

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