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Panamá Papers: Tribunal compulsó copias para investigar a peritos de la Fiscalía

Los investigadores del caso habrían implantado pruebas para llevar a juicio a empresarios por supuesta evasión de impuestos. Este es el regaño del Tribunal a la Fiscalía

Crédito: El martillo del juez, uno de los símbolos para impartir justicia / Getty Images.

JUDICIAL

El Tribunal Superior de Bogotá no solo ratificó la absolución de seis empresarios que fueron acusados de haber realizado supuestas operaciones ficticias para evadir impuestos en un escándalo que se denominó “Panamá Papers”. También pidió investigar a los peritos de la Fiscalía en ese caso.

La razón de la absolución, la Fiscalía no investigó y no logró demostrar que los acusados desviaron más de 3.5 millones de dólares a través de sociedades offshore a paraísos fiscales.

“En síntesis, no resulta posible afirmar que el dinero de las transacciones hechas por las sociedades a las que pertenecían Luz Mary Guerrero Hernández, Sara Guavita Moreno y Juan Esteban Arellano Rumazo, tuvieran origen, directa o indirectamente, en un delito, por lo que se confirmará la absolución.”, indica el fallo.

¿Pruebas implantadas?

A los magistrados del Tribunal les llamó la atención que dentro del proceso por el caso “Panamá Papers”, al parecer, los investigadores trataron de manipular evidencia.

“Esto lleva a concluir que en la investigación que se adelantó, nada se probó. No se ofreció un solo testigo idóneo en el juicio, todos presentaron tachas que restaron su credibilidad, sumado a las irregularidades e ilegalidades plasmadas en sus informes. Y es que, como si todo lo anterior fuera poco, Mauricio Javier Vargas Sánchez, testigo de la defensa, experto en informática forense, introdujo las pruebas periciales Nos. 41, 42 y 43, con las que estableció que no hubo mismidad entre el disco que la DIAN le entregó a la fiscalía y los discos duros entregados a la defensa, pues se implantó información y se encontró una carpeta adicional con varios archivos denominados “correos”, que no estaban inicialmente”, se indica en la sentencia.

El Tribunal remitió copia de esta decisión al director nacional del CTI, así como al despacho del fiscal general de la Nación, para que tomen los correctivos de rigor y este tipo de anomalías no se vuelva a presentar.

En consecuencia, fueron absueltos Luz Mary Guerrero, representante legal de Servientrega y Efecty; Juan Esteban Arellano Rumazo en su condición de Gerente General de la Firma Legal Mosscak Fonseca Colombia; Jorge Humberto Sánchez Amado; Martha Inés Moreno Ariza; Sara Guavita Moreno; y Ever Jaime Torres Pineda.