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Horarios para votar en las elecciones regionales del 29 de octubre

La Registraduría estableció los horarios para las elecciones regionales.

Horarios de votación elecciones regionales 2023 - Colprensa

Se acerca la fecha para las Elecciones de Autoridades Locales que les permitirán a los ciudadanos colombianos elegir a los alcaldes, gobernadores, concejales, diputados a las asambleas departamentales y ediles de las juntas administradoras locales para el periodo 2024 – 2027 y quienes se posesionarán el 1 de enero de 2024.

Los ciudadanos deben conocer distintos aspectos antes de que llegue el domingo 29 de octubre y se abran las urnas como saber si fueron designados jurados de votación, el puesto y mesa de votación y el horario en el que estarán abiertas las urnas.

Horarios de votación

Es importante que las personas que van a participar en las elecciones regionales consulten con anterioridad el puesto de votación donde tienen inscrito el documento, para que eviten contratiempos al momento de ejercer el derecho al voto.

Al igual que en la mayoría de las elecciones celebradas en el país, la Registraduría ha establecido un horario a nivel nacional de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, tenga en cuenta que solo podrán votar las personas que hayan entregado el documento de identidad, incluido la cédula digital, al jurado de votación antes de esta hora, quienes lo hagan después no podrán ejercer el derecho al voto.

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Desde la entidad recomendaron a los ciudadanos organizar el día para asistir durante toda la jornada y evitar largas filas en los últimos momentos de la votación, como suele ocurrir.

A partir de las 4:00 de la tarde, los jurados comenzarán con el conteo de votos, una de las múltiples tareas que deben cumplir, para luego registrar los resultados en los documentos electorales definidos para la elección y finalmente entregar los pliegos electorales al delegado de la Registraduría.

Beneficios de votar

Tenga en cuenta que si vota en las elecciones regionales tendrá ciertos beneficios que pueden ser reclamados con el certificado electoral que le será entregado por el jurado de la mesa luego de depositar el formulario en la urna.

Algunos de los beneficios incluyen:

  • Descuento del 10% en el valor total de la matrícula para los estudiantes de una institución de educación superior pública, según el artículo 1 de la Ley 815 de 2003.
  • Descuento en el trámite de la expedición del pasaporte.
  • Descuento en el valor del trámite inicial y renovación del pasado judicial.
  • Rebaja en el precio del duplicado de la cédula de ciudadanía, a partir del segundo duplicado.
  • Descuento en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.
  • Prelación en caso de empate en una lista de elegibles en un empleo de carrera con el Estado.

Además, de acuerdo con el artículo tres de la Ley 403 de 1997, el ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función de elector. Este beneficio debe ser pedido hasta 30 días calendario después de votar.

Igualmente, una rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, en el caso de los soldados o auxiliares bachilleres, y dos meses sin son soldados campesinos o regulares.