Cartagena

Secretaría de Hacienda emitió 16 mil embargos a morosos del impuesto predial en Cartagena

Las medidas cautelares corresponden a deudores entre los años 2018 y 2022

Secretaría de Hacienda

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A través de la Oficina de Cobro Coactivo, la Secretaría de Hacienda de Cartagena ha emitido 16 mil embargos en la ciudad a igual número de contribuyentes morosos con el Impuesto Predial Unificado, en los períodos 2018 - 2022.

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El objetivo es recuperar una cartera que asciende a los $218.011 millones.

Si usted ha sido embargado por obligaciones tributarias con el Distrito de Cartagena y planea ponerse al día, o ya no es titular o propietario del inmueble, pero fue embargado por temas relacionados con este, debe seguir los siguientes pasos, de acuerdo con el caso que le corresponda.

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Si fue embargado y es propietario del inmueble

Consulte su estado de cuenta en el enlace http://servicios.cartagena.gov.co/impuestos/generarFactura.jsp y realice el pago en línea en la página https://hacienda.cartagena.gov.co/ o en bancos autorizados. No entregue dinero a funcionarios por fuera de las cajas bancarias.

Si se le ha debitado dinero de su nómina o productos bancarios, presente en Atención al Contribuyente (Plazoleta El Joe) o a través de la página web mencionada una carta autorizando a la Secretaría de Hacienda de Cartagena para aplicar los descuentos a su obligación pendiente; de lo contrario, el recurso tomado de su cuenta bancaria solo podrá ser devuelto al finalizar todas las etapas del proceso de cobro coactivo. Si se le hubiese debitado un saldo superior a la deuda revisada solicite la devolución del dinero extra en el mismo documento, indicando el motivo.

Una vez completado estos pasos, según sea la eventualidad, podrá radicar su solicitud de desembargo en el primer piso de la Oficina de Dirección de Impuestos, en la Plazoleta El Joe, o a través de la página web. Debe aportar una copia de su cédula de ciudadanía, los recibos de pago, la carta de autorización o de devolución.

Si fue embargado y no es propietario del inmueble

Ante que nada tenga en cuenta que la Administración Distrital no participa en el proceso de compra y registro de inmuebles. Es responsabilidad del contribuyente y de la autoridad competente, en este caso Go Catastral, informar a la Dirección de Impuestos de Cartagena sobre el cambio de propietario.

Surtido el paso anterior, radique la solicitud de desembargo en el primer piso de la Oficina de Dirección de Impuestos, en la Plazoleta El Joe, o a través de la página web, indicando el cambio de propietario.

Recomendaciones generales

Antes de presentar su solicitud de desembargo, verifique si la medida cautelar fue ordenada por la Oficina de Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda de Cartagena. Si su deuda es con otro organismo, tramítelo directamente con el ordenador del embargo.

Una vez realizada la solicitud de desembargo, vaya al segundo piso del antiguo edificio de las Empresas Públicas (Atención al contribuyente) con el número del radicado. Allí se le entregará el levantamiento de la medida cautelar dirigido a los bancos.

Tenga en cuenta, que los bienes del deudor serán desembargados con la radicación de la solicitud. Este proceso coactivo, según el Estatuto Tributario, no tiene un plazo definido, pero se dará prioridad a su petición.

La Secretaría de Hacienda de Cartagena invita a los contribuyentes a ponerse al día con sus obligaciones tributarias y evitar por parte de esta entidad el embargo de sus cuentas o bienes inmuebles.

La entidad seguirá ejerciendo su acción de cobro por diferentes canales: correo electrónico y correos físicos, a los ciudadanos que estén pendientes con el pago de sus impuestos.

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