Sec. de educación y jueces deben actuar con premura cuando docente sea amenazado: Corte
La Corte Constitucional ordenó a los jueces y secretarías de educación del país para que empleen un enfoque territorial y sistémico en el marco de las solicitudes de traslado de docentes amenazados en zonas de conflicto, esto, de conformidad con las recomendaciones del Informe Final de la Comisión de la Verdad

Corte Constitucional / Foto: Colprensa
El alto tribunal protegió los derechos fundamentales a la vida digna, a la salud y a la unidad familiar de una docente y sus dos hijos menores de edad, debido a que la accionante promovió una acción de tutela contra las secretarías de educación de dos municipios, luego de que ambas entidades se negarán a autorizar su traslado hacia un municipio diferente, con el fin de salvaguardar sus derechos como consecuencia de las amenazas y hostigamientos que se encontraba recibiendo por parte de miembros de las disidencias de las FARC-EP, luego de oponerse al reclutamiento forzado de uno de sus hijos.
La Sala Novena de Revisión, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, resolvió analizar si las secretarías accionadas vulneraron los derechos invocados por la docente al no acceder a su petición de traslado sin tener en cuenta el contexto de violencia del municipio en el que laboraba y las amenazas constantes de las cuales era víctima.
La Sala advirtió que la educadora es madre de dos hijos menores de edad y que uno de ellos empezó a padecer ansiedad, depresión y cambios bruscos en su comportamiento por cuenta de los hostigamientos que recibía por parte del grupo armado al margen de la ley que pretendía reclutarlo. Por tanto, como consecuencia de ello, la docente decidió trasladar al menor a su municipio de origen y poner a sus dos hijos bajo el cuidado y protección de su madre, una mujer de la tercera edad, quien padece múltiples afecciones físicas.
Debido al traslado de su hijo hacia otro lugar, en diciembre de 2021, las amenazas en contra de la educadora se agudizaron por parte del grupo armado disidente, quienes preguntaban por el paradero del menor y le exigían que debía irse del municipio donde laboraba. Por consiguiente, la mujer presentó las denuncias respectivas ante las autoridades, por lo que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas resolvió incluir a la educadora y su unidad familiar en el Registro Único de Víctimas.
Fue por eso que la Sala reiteró que “(i) los educadores pueden solicitar traslado laboral por razones debidamente comprobadas, esto es, sustentadas en pruebas y medios de convicción que permitan concluir que el nivel de riesgo del docente es real, serio y objetivo; y (ii) las entidades nominadoras se encuentran facultadas para efectuar dicho traslado mediante un convenio interadministrativo, cuando sea fuera de la entidad territorial”.



