Condenan a exalcaldesa de Cúcuta y a tres personas más por corrupción

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución que se había proferido a favor de la exalcaldesa de Cúcuta María Eugenia Riasco Rodríguez

Justicia imagen de referencia. Foto: Getty Images

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El alto tribunal además revoco la absolución de dos funcionarios de la alcaldesa y el abogado Álvaro Iván Araque Chiquillo, y los condenó por un acto administrativo del 2008 a través del cual el municipio quedó obligado a pagarle a Araque la suma de $5.000 millones de pesos.

Explicaron desde la corte que esa orden de pago se dio en medio del trámite de un proceso ejecutivo contra el municipio en el cual, supuestamente, el abogado representaba a varias personas beneficiarias de un reajuste en el monto de su mesada pensional. La Corte determinó que ese acuerdo de pago, por el cual el abogado alcanzó a recibir $3.000 millones de pesos, fue ilegal y no respetó las formas exigidas. Por lo tanto, revocó la absolución que había proferido el Tribunal Superior de Cúcuta y confirmó la sentencia de primera instancia, condenando a la exalcaldesa María Eugenia Riasco Rodríguez y a su entonces secretario de Hacienda Martín Ricardo Rincón Uscátegui a una pena de 10 años de prisión y al pago de una multa de $3.015 millones de pesos, como coautores de prevaricato por acción y peculado por apropiación agravado.

Así mismo en la sentencia, la Sala de Casación Penal señaló que, pese a que había una decisión judicial ejecutoriada que ordenaba el pago a favor de varios pensionados de Cúcuta - que supuestamente eran clientes de Araque Chiquillo-, el hecho de que el municipio de Cúcuta estuviera obligado a pagar, “no significa que pudiera hacerlo de cualquier forma, mucho menos contrariando de manera manifiesta la ley”.

La Corte determinó que el acuerdo o transacción suscrito por la alcaldesa, sus funcionarios y el abogado fue ilegal ya que no contó con la aprobación previa del Comité de Conciliación, pese a que este requisito era obligatorio pues “un municipio no puede celebrar una conciliación ni realizar una transacción, sin que antes la misma haya sido aprobada por el Comité de Conciliación, cuyos parámetros son de estricta observancia”, señala la sentencia.

Por último, la Sala de Casación Penal determinó que ese acuerdo también contrarió el ordenamiento jurídico porque comprometió al municipio a pagar $5.000 millones de pesos en dos cuotas, sin tener claro cuál era el valor realmente adeudado, ni identificar a cada uno de sus supuestos representados. La Corte tuvo en cuenta en la condena que los $3.000 millones de pesos que alcanzó a recibir el abogado fueron a parar directamente a su patrimonio, “en tanto, no se acreditó que Araque Chiquillo hubiere entregado a todos los demandantes el valor que supuestamente les correspondía a cada uno de ellos”.

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