Regulación del comercio electrónico en medio de la pandemia
MinTIC y MinComercio dan alcance al artículo 3 del decreto 457 del 2020, relacionado con el comercio electrónico.
Frente a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para contener la expansión del Covid-19 en el país, las cuales incluyen distanciamiento social y limitación a la movilidad, el comercio electrónico se convierte en el canal principal para asegurar el suministro de bienes y servicios necesarios.
Según el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Ministerio de Industria y Comercio, el Decreto 457 de 2020, imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria y tiene 34 excepciones que permiten el derecho de circulación en el territorio nacional durante el aislamiento preventivo obligatorio.
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Algunas excepciones son: las empresas pueden realizar los despachos de los productos comercializados a través de comercio electrónico, además, se podrán comercializar, transportar y entregar bienes de primera necesidad. También, se podrán operar las empresas de servicios postales para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales y podrán circular las personas necesarias para garantizar la operación, mantenimiento para la prestación de los servicios de Internet y comunicaciones.