Justicia

La radiografía del acoso sexual en Colombia

La Fiscalía preparó un detallado informe que enumera más de 11.000 casos y que dejan a estudiantes como las principales víctimas.

Datos sobre el acoso sexual en Colombia

Datos sobre el acoso sexual en Colombia

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La reciente ola de denuncias a nivel mundial que detallan casos de acoso sexual aterrizó en Colombia con un informe que preparó la Fiscalía y que se convierte ahora en la radiografía de lo que hasta 2008 se empezó a considerar un delito. 

¿Qué es el acoso sexual?: 

La Fiscalía se documentó y desarrolló un análisis sobre la violencia de género, que dejó al acoso sexual en un capítulo con bastantes páginas en ese informe. 

Dicen los investigadores que se trata de una expresión de violencia en espacios laborales, educativos y en todos aquellos escenarios donde las relaciones de género se expresan en condiciones de desigualdad. 

El acoso según la Fiscalía ocurre de forma verbal, en la mayoría de los casos. Chistes de connotación sexual, los comentarios, las insinuaciones de carácter sexual, la exhibición de imágenes o gestos explícitos, las preguntas sobre el estilo de vida, las llamadas ofensivas y hasta los silbidos pueden interpretarse como una forma de acoso sexual. 

También existe la forma física. Aquí están los tocamientos, las palmadas, los pellizcos o cualquier otro contacto no solicitado que tenga una connotación de tipo sexual. 

¿Efectos para las víctimas?: 

De acuerdo con el estudio de la Fiscalía hay tres consecuencias que se derivan del acoso sexual. 

1. Salud, de acuerdo a los resultados de ese análisis, las víctimas presentan cuadros de ansiedad, estrés, fatiga y depresión. 

2. Económicos, hay en las víctimas de acoso una disminución en el rendimiento laboral, se ausentan más y hasta ocurren despidos como represalias a la negativa del acoso. 

3. Sociales, la víctima se convierte en acusada y según el estudio cambia su forma de vestir y estilo de vida. En ocasiones se convierten en blanco de críticas. 

El acoso un delito: 

A pesar de los antecedentes históricos que tiene el acoso sexual, sólo hasta 2008 se tipificó como delito. 

Con el articulo 29 de la ley 1257 de 2008, el acoso sexual fue incluido en el código penal como un delito que puede dejar penas hasta de 3 años de prisión. 

La conducta debe determinar a través de material probatorio que existen una condición de predominante entre el victimario y la afectada, que se aproveche de su condición económica, laboral, social y familiar. 

Las cifras: 

La Fiscalía tienen registros de denuncias y casos investigados a partir de 2008 y cuando el acoso se convirtió en delito. 

Hay una cifra general que deja al menos 11.098 casos, de los cuales 6.000 se encuentran inactivos. Víctimas que no se acercaron más a la Fiscalía o que desistieron de las agresiones sin informar a las autoridades. 

Las cifras aumentan, según los investigadores de la Fiscalía, en la medida que los casos se conocen más. De cuatro denuncias en 2008 se pasó a 1.656 en 2017, más de cuatro casos diarios. 

Quiénes son las principales víctimas: 

Los estudiantes de secundaria, sobre todo las niñas, son las víctimas más frecuentes de estos acosos. Siguen las profesiones relacionadas con el hogar, como las empleadas de servicio doméstico, luego están las asistentes administrativas, los peluqueros y hasta las personas que se dedican a la seguridad, como los vigilantes. 

Las zonas del país más afectadas con este flagelo son Antioquia, Valle del Cauca, Cundinamarca, Tolima y Bogotá. En general todos los departamentos tienen denuncias por investigar, el de menor porcentaje es San Andrés Islas.

Qué pueden hacer las víctimas: 

La Fiscalía fijó una ruta para los afectados con el acoso sexual. Una es la vía administrativa, si el acoso ocurre en una corporación o institución, debe arrancar con la protección de la víctima, separarla de su agresor e iniciar las investigaciones disciplinarias correspondientes. 

La otra alternativa es la vía penal. A través de la denuncia que investiga la Fiscalía y que advierten a sus funcionarios no se puede negar a recibir, además establecen una serie de derechos. 

A ser escuchado e informado.

A garantizar su actividad laboral, a la intimidad y al buen nombre.

No ser confrontado con el agresor.

A solicitar la asesoría de un abogado.

Y que las audiencias en los juzgados se realicen a puerta cerrada.

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