Corte ordena al Mindefensa iniciar campaña sobre el derecho a la objeción de conciencia
La Corte Constitucional encontró que el Ejercito Nacional viene desconociendo la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio frente al tema de la libertad de religión.
La Corte Constitucional, al estudiar una tutela, encontró que el Ejercito Nacional viene desconociendo la sentencia que señala expresamente que se debe aplicar la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio frente al tema de la libertad de religión y de cultos. Ante esta situación, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Defensa que, en cuatro meses, debe emprender una campaña de divulgación sobre la objeción de conciencia para la prestación del servicio militar obligatorio dirigida a todos los miembros de la Fuerza Pública y específicamente a los encargados del reclutamiento
La Corte dijo que esta campaña también debe estar dirigida a capacitar el personal sobre el respeto por las libertades de conciencia, cultos y religión, y los derechos del objetor
El pronunciamiento del Alto Tribunal se dio ante la negativa del Ejercito a conceder la objeción de conciencia de Darío Gallo, quien pidió no ser incorporado a la Cuarta Brigada y Batallón de Infantería alegando pertenecer a la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia y estar en contra la cultura de la no violencia
En este caso la Corte dice que es constitucionalmente inadmisibles los argumentos del Mayor Johnny Hernando Bautista, entonces encargado Comandante de la zona de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército, quien pidió rechazar la tutela alegando que la objeción de conciencia no está reglamentada en Colombia
La Corte Constitucional ordenó al Ejército que si no lo ha hecho proceda a la desincorporación de Darío Gallo y la expedición de la respectiva libreta militar.



