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Empleadas del servicio doméstico deben cotizar a salud y pensiones

En concepto recogido por Fasecolda y el Ministerio de la Protección Social las trabajadoras del servicio doméstico tienen que cotizar a salud, pensiones y riesgos profesionales.

En concepto recogido por la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, el Ministerio de la Protección Social señaló que las trabajadoras del servicio doméstico tienen que cotizar a salud y pensiones, así como al de riesgos profesionales

Reiteró que todas las personas que trabajen bajo un contrato de prestación de servicios o cualquier otra modalidad que se adopte, deben estar vinculadas al sistema de seguridad social

Según Fasecolda hoy en día solo dos de cada diez personas mayores de 60 años, tienen una pensión por lo que se hace necesario fortalecer los mecanismos que conduzcan a que un mayor número de colombianos se integren a la seguridad social

La industria aseguradora advirtió también sobre las consecuencias de no afiliar a las empleadas del servicio doméstico o a cualquier otro subalterno a riesgos profesionales. El empleador que no lo haga será sancionado con una multa equivalente a 500 salarios mínimos mensuales

" Pero lo más grave es que un accidente o enfermedad laboral que no esté cubierto por el seguro, puede generarv grandes gastos para la empresa que pueden poner en la cuerda floja su sostenibilidad y hasta su presencia en el mercado", indicó la agremiación

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