Procuraduría convocó a audiencia a exfuncionarios de administración municipal de Armenia
Las presuntas irregularidades se relacionan con la suscripción de dos contratos de obra pública, dos contratos interadministrativos y un contrato de consultoría.
Procuraduría convocó a audiencia a exfuncionarios de administración municipal de Armenia. Foto: Colprensa(Thot)
La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a cinco exfuncionarios de la administración municipal de Armenia (Quindío), por presuntamente asumir compromisos en exceso de saldo disponible, superando la autorización de vigencias futuras otorgada por el concejo a través del Acuerdo 028 de 2014, en cuantía de $92.110.000.000.
Para la época de los hechos los funcionarios implicados se desempeñaban como alcaldesa del municipio de Armenia, Luz Piedad Valencia Franco; secretario de Infraestructura, Julio César Escobar Posada; directora del Departamento Administrativo de Hacienda, Luz Elena Mejía Cardona; director del Departamento Administrativo de Planeación, Carlos Alberto Mendoza Parra y subdirector del Departamento Administrativo Jurídico, Juan Sebastián Londoño Forero.
Las presuntas irregularidades se relacionan con la suscripción de dos contratos de obra pública por valor total de $111.262.735.728, dos contratos interadministrativos y un contrato de consultoría que suman $7.202.376.760, con la cual, al parecer, se habría sobrepasado la autorización de vigencias futuras.
Estos contratos debían financiarse con el cobro de la contribución por valorización, pero para el año 2015 aún no había iniciado su implementación y existía incertidumbre sobre el comportamiento del recaudo y por tanto se pusieron en riesgo las finanzas del municipio, teniendo en cuenta que no se tenía certeza del ingreso de los recursos para contratar.
Adicionalmente, la exalcaldesa pudo haberse extralimitado al reglamentar el Acuerdo 020 de 2014, pues al expedir el Decreto 082 de 2015, para tal fin, modificó aspectos sustanciales, pues el acuerdo determinó que el inicio de la construcción de la totalidad de las obras debía finiquitarse como máximo dentro de los dos años siguientes a partir del vencimiento de los plazos para pagar por cuotas la contribución, que contemplaba un lapso de 60 meses.
Sin embargo, el decreto señaló que el plazo para concluir el plan podría exceder los cuatro años, desde la fecha de expedición del acto de distribución de los recursos de valorización, con el propósito de suscribir todos los contratos posibles antes de la terminación de su periodo.
Por otra parte, durante el año 2015, vigencia en la cual se contrató la mayoría de las obras, la exalcaldesa redujo ostensiblemente el rubro presupuestal que debía respaldar la contratación, y se impuso a la nueva administración la obligación de culminar las obras sin tener la seguridad del pago de la contribución.
Para el Ministerio Público se habría incumplido el principio de economía como quiera que, al parecer, no se habría procurado una adecuada planeación para hacer más eficiente el manejo de los recursos de crédito y de la contribución por valorización.
Finalmente, se observó que posiblemente el Consejo Municipal de Valorización expidió la resolución de distribución de los recursos de valorización, conocida comúnmente como derrame, en la cual se estableció el cobro de valorización sin el estudio requerido para soportarla.