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Nuevo Código de Policía fue aprobado en Cámara

Tras dos días de debate, fueron aprobados los 242 artículos de la nueva norma de convivencia ciudadana.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

Tras dos días de votación en la Cámara de Representantes fue aprobado en último debate el nuevo Código de Policía, que define las normas de convivencia y seguridad ciudadana en el país. 

Durante la votación se discutieron más de 200 proposiciones y se aprobaron dos bloques de artículos. 

La jornada se extendió por la discusión de  varios artículos polémicos, que para algunos congresistas dan demasiadas facultades a la Policía y ponen en riesgo algunas libertades ciudadanas. 

Estos son algunos de los artículos más discutidos:

Artículo 48: Control al consumo de licor en aglomeraciones

En este artículo se indica que el consumo de bebidas alcohólicas en lugares habilitados para aglomeraciones, como por ejemplo conciertos, debe ser controlado. 

Por ejemplo, la venta de licor se debe interrumpir 20 minutos antes de que termine el espectáculo; no se debe portar o consumir licor al ingreso o salida del evento; el organizador debe establecer zonas sin consumo de alcohol para quienes lo prefieran así y no se podrá vender o consumir bebidas alcohólicas en el espacio público alrededor del evento. 

Artículo 164: Ingreso a domicilios sin orden judicial

Este artículo, cuya esencia ya estaba incluida en el actual Código de Policía, permite a las autoridades ingresar a inmuebles sin orden judicial en ciertos casos: si alguien al interior del inmueble está pidiendo auxilio; para extinguir un incendio; en caso de que un extraño ingrese de forma violenta al inmueble a robar; o para proteger a una persona cuya vida esté en peligro, entre otros. 

Este artículo indica que el policía que ingrese sin orden judicial debe presentar  inmediatamente un informe a su superior y al propietario del inmueble. 

Artículo 52: Sobre el derecho de reunión y manifestaciones

Este artículo reconoce el derecho de los ciudadanos para manifestarse en el espacio público; sin embargo, prevé que cuando dicha manifestación cause alteraciones a la convivencia, podrá ser disuelta. 

Este artículo ha sido objeto de polémica por lo que algunos parlamentarios consideran una excesiva discrecionalidad de las autoridades para disolver manifestaciones sociales.

Los requisitos administrativos, como el que indica que se debe solicitar un permiso 48 horas antes de la protesta, también fueron objeto de debate; críticos del código consideran que estos requisitos previos le restan un componente de espontaneidad a la protesta social, desnaturalizándola. 

Artículo 95: Contra el hurto de celulares

Este artículo fue uno de los más esperados, pues para la Policía es una herramienta en la lucha contra el hurto de celulares. 

En el mismo se indican los comportamientos prohibidos respecto al uso, venta o comercialización de celulares, como no comprar, alquilar o usarlos si están reportados como hurtados o extraviados en la base de datos del Gobierno Nacional. 

También se prohíbe la manipulación de los números IMEI o de cualquier otro número de identificación electrónico del equipo celular, su importación sin autorización o el hecho de no registrar el IMEI al ingresarlo al país.