El plebiscito para la paz será vinculante: Corte Constitucional
La Sala Plena mantuvo el umbral del 13%. El resultado obliga al presidente Juan Manuel Santos a acatar la voluntad del pueblo.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló el plebiscito como mecanismo para refrendar los acuerdos de paz que se suscriban con las Farc, y respaldó el umbral aprobatorio del 13% del censo electoral, por lo que se necesitan al menos 4.514.801 votos por el sí o por el no, para que se considere válida la consulta.
"El acuerdo final es una decisión política y la refrendación a la cual alude el proyecto de ley no implica por sí misma una incorporación de lo acordado en el articulado de la Constitución ni del ordenamiento jurídico colombiano", afirmó la presidenta de la Corte, María Victoria Calle.
Con una votación de 6 a 3, el alto tribunal aclaró que la consulta tendrá efectos vinculantes para el Presidente de la República, es decir, lo compromete a acatar su resultado.
“Solo puede tener ese carácter respecto del presidente de la República”, agregó la magistrada.
El umbral aprobatorio del 13% del censo electoral "se consideró Constitucional, precisamente porque la Constitución no prevé expresamente un umbral para el plebiscito y porque además resulta razonable en términos de principios democráticos", agregó la presidenta.
Las campañas por el plebiscito no pueden incorporar contenidos que promuevan partidos, movimientos políticos o grupos significativos de ciudadanos.
La divulgación del acuerdo final fue condicionada para que se entienda que "la publicación del acuerdo final se realizará simultáneamente con la presentación del informe del Presidente de la República al Congreso acerca de su intención de convocar al plebiscito".
También deberá hacerse de manera que llegue también a las personas en condición de discapacidad y a todas las comunidades que no se comunican en castellano.






