Comisionistas advierten presunto direccionamiento en proceso sobre brazaletes de la Uspec
Así lo expresaron en sus observaciones las comisionistas Geocapital, Mercado y Bolsa, Reyka Corredores y Agrobolsa.
Brazalete electrónico. Foto: Colprensa(Thot)
Diversas firmas comisionistas ante la Bolsa Mercanti de Colombia afirman que el proceso por 77 mil 460 millones de pesos para contratar los brazaletes electrónicos de los reclusos con detención domiciliaria o libertad condicional, estaría direccionado a que se lo gane el actual operador: Energía Integral Andina S.A.
Así lo expresaron en sus observaciones las comisionistas Geocapital, Mercado y Bolsa, Reyka Corredores y Agrobolsa. Las comisionistas Comfinagro y Bursagan sugirieron que hay requisitos que restringen la pluralidad de oferentes.
Mercado y Bolsa SA
Explica esta comisionista que al proponente se le pide una experiencia mínima de seis contratos ejecutados completamente por el 80% del valor del contrato, es decir 61.500 millones de pesos.
"Este requisito permite dirigir la contratación al actual contratista en la medida en que sería favorecido al ser uno de los pocos proponentes que estaría en condiciones de cumplir con esta condición y exigencia (...) se incluyen condiciones y exigencias imposibles de cumplir en la Ficha Técnica, adelantada por el USPEC", dice Mercado y Bolsa.
"Se configura una preferencia por la actual empresa contratista quien sería de las pocas, por no decir la única, que resultaría favorecida con los requisitos exigidos. La exigencia de tener contratos por el 80% del presupuesto oficial es a todas luces desproporcionada e impide la libre concurrencia de las empresas, favoreciendo a pocas empresas y, en especial, a la actual contratista, como también no decir de las actividades que exigen en el Rup y la descripción de las mismas", agregó.
La Uspec no aceptó la observación. "No son de recibo de la Entidad las afirmaciones tendientes a manifestar una supuesta limitación a la concurrencia en condiciones de igualdad de distintos comitentes vendedores", expresan.
Mercado y Bolsa también cuestionó que un proceso de tal envergadura se realice en la Bolsa Mercantil.
"Los productos o servicios que se pretenden adquirir en la presente negociación, a través de la BMC se rigen por tiempos de entrega que no resultan acorde con las características de este tipo de operación, al mismo tiempo que omite riesgos que pueden generar incumplimientos de manera inevitable (...) Con la implementación de un proceso por Bolsa mercantil se están generando dos costos transaccionales absolutamente innecesarios, como lo son el costo del Comisionista Comprador por parte de la entidad, así como el costo del Comisionista Vendedor por parte del oferente ganador. Es necesario recordar que cualquier Comisionista Vendedor en bolsa cobra una comisión de éxito por un porcentaje del valor del contrato, costo que no se genera en un proceso licitatorio", expresó la comisionista.
"El modelo de subasta para la selección final del proveedor de la solución, permite que cualquier tipo de equipo, sin importar la calidad verificable, se ajuste al proceso establecido por la BMC poniendo en riesgo el correcto monitoreo de personas y la credibilidad del Sistema Nacional Penitenciario Colombiano", agregó la empresa.
Esta comisionista cuestionó la exigencia de 11 ingenieros con perfiles muy específicos, que tengan vinculación mínima de dos meses con la empresa que gane. "Otro factor de discriminación es la exigencia de las Hojas de Vida de personal que se encuentre vinculado actualmente, demostrando con esto que solo pocas empresas por no decir que solo una contara con este personal vinculado", expresaron.
Reyka Corredores
Reyka también cuestionó la exigencia de 11 ingenieros con perfiles específicos con vinculación previa de dos meses. "Resulta claro que las exigencias establecidas en el presente numeral suponen un posible favorecimiento a un oferente en particular, en este caso a quien está ejecutando el contrato actualmente, quien sería el único oferente que puede llegar a acreditar la vinculación de un personal que cumpla con estas obligaciones", expresó Reyca.
La Uspec modificó parcialmente ese requerimiento, fijando que sirven certificaciones laborales en el exterior, pero dejándolo intacto para dos cargos, incluido el de gerente de proyecto.
Reyka se queja, además de los requisitos fijados para la experiencia mínima del comitente vendedor, pues cada una de las empresas que componen la Unión Temporal o consorcio debe aportar al menos una de las certificaciones de experiencia. "Este requisito es el que impide la participación de la mayoría de empresas, ya que no existe empresa Colombiana en la actualidad que cumpla con el valor, número de certificaciones y objeto establecido en el presente proceso (...) En nuestro criterio los precitados factores de selección resultan inadecuados y desproporcionados; tienden a direccionar la operación y limitan el mercado afectando la pluralidad de participantes en la rueda de negociación", expresaron.
También cuestionaron los requisitos para la certificación del fabricante de los brazaletes. "Nuevamente consideramos que, sin temor a equivocarnos la forma en la cual está redactado este requisito, hace presumir que, la cláusula está dirigida a limitar la participación y direccionar la operación, como quiera que, ella no entraña ninguna utilidad clara y precisa para los fines del contrato, sino que se erige como una condición que tiene como propósito impedir la participación plural y trasparente, dado que es una realidad de mercado el hecho que son muy pocas las empresas que cuentan con la máxima categoría o membresía", expresan.
Geocapital SA
Cuestiona la experiencia mínima que se pide al proponente de seis contratos ejecutados al 100% por el 80% del valor del contrato. "Se solicita a la Entidad que la experiencia específica se pueda acreditar la experiencia sin limitar la cantidad de contratos que el oferente pueda aportar, así como reducir el porcentaje de experiencia al 50% del presupuesto del proceso de compra (...)
Analizada la Ficha de Negociación vemos que el proceso se encuentra completamente cerrado exigiendo la Entidad requisitos demasiado específicos que claramente solo puede cumplir quien ha venido ejerciendo la operación del servicio de vigilancia electrónica".
"En cuanto a los índices financieros, el endeudamiento se solicita de máximo el 50%, cuando este índice es completamente restrictivo para la libre participación, la posibilidad inclusive si se tratara de uniones temporales o consorcios no es tomado de la realidad del sector más bien está acomodado a un proponente en particular restringiendo la posible inclusión y participación de más oferentes", expresan.
Agrobolsa
"Es claro que al exigir el pago de seguridad social de los dos últimos meses de cada uno de los perfiles, se está direccionando el proceso a un proponente de manera específica y deja por fuera a las sociedades extranjeras y demás proponentes. El personal exigido debe ser acreditado para el cumplimiento de las obligaciones contractuales, pero no se puede poner una carga económica a las empresas participantes a fin de ser habilitadas dentro del proceso (...) De manera cordial solicitamos a la Entidad nos informe qué beneficio para el futuro contrato tiene esta exigencia, ya que se entiende que es un requerimiento que limita la posibilidad que firmas extranjeras que no cuentan con sucursal ni con domicilio en Colombia puedan cumplir con esta caprichosa exigencia, pues una empresa extranjera no tendría cómo sustentar este requisito ya que es ilógico que simplemente con la expectativa de poder obtener un negocio en este país se vaya a contratar un personal dos meses para cumplir con este requisito de la Entidad, además el proceso solo fue publicado hace menos de 10 días entonces resulta imposible cumplirlo si no se conocía con anterioridad dicho requerimiento", afirma la empresa de este requisito que la USPEC anunció que modificará.
Comfinagro SA
Sobre los indicadores de la capacidad financiera, la comisionista expresó que "entendiendo que el principal objetivo de las entidades del estado es la selección objetiva, la cual solo se puede lograr al garantizar la pluralidad de oferentes, encontramos que los indicadores registrados anteriormente no cumplen con esta condición, por el contrario, limita la participación de empresas con idoneidad para la prestación del servicio que la entidad pretende contratar". La observación no fue aceptada.
"No entendemos porqué, en una extraña omisión, la entidad no exige experiencia en BRAZALETES ELECTRONICOS Y MONITOREO DE PRESOS!!!. Y es que de eso se trata el objeto del contrato!!!. No de monitoreo de carros o de animales ni cosas por el estilo. ES DE MONITOREO DE PRESOS que se hace con un brazalete electrónico y con un software muy sofisticado. SOLICITAMOS que la exigencia que se exija sea sobre monitoreo de presos exclusivamente. Respuesta: No se acepta su observación, la experiencia promoviendo la pluralidad de los oferentes estableció las condiciones de experiencia de acuerdo a los estudios previos desarrollados para el proceso", agregaron.
También cuestionaron el proceso en la Bolsa Mercantil. "Nosotros representamos una empresa extranjera de la mayor importancia y que ha demostrado interés de invertir en Colombia en este negocio del monitoreo de presos. Pero la entidad al haber presentado este proceso a través de la bolsa mercantil hace imposible que se pueda presentar por los tiempos tan limitados para presentar los documentos de la oferta teniendo en cuenta que deben ser legalizados, traducidos", advierten.
Bursagan
Cuestionaron los perfiles específicos de 11 ingenieros. "Solicitamos que el requerimiento del PERSONAL MINIMO se pueda dar como cumplido con la suscripción de una declaración de compromiso en la cual el comitente vendedor se obligue a contar con estos perfiles en caso de resultar ganador antes de la firma del acta de inicio. De no ser de recibo nuestra observación es claro que el único oferente que podría cumplir el requerimiento es el actual prestador del servicio, y sería una oferta dirigida a esa empresa", expresaron.
"Solicitamos de manera atenta considerar la posibilidad de realizar una audiencia con el comitente comprador con el fin de aclarar las dudas generadas en el análisis de la FTN y FTP", expresaron, pero la USPEC negó la solicitud.
"La Entidad considera que es suficiente el haber dado respuesta al alto volumen de observaciones remitidas por cada uno de los comisionistas de bolsa, en aras de aclarar cualquier inquietud acerca del proceso", expresó la Uspec.